Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2006 (26/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano jueves 26 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

331503

Materia prima: Todo insumo de uso alimentario empleado en la fabricacion de alimentos, excluyendo los aditivos alimentarios. Mezcla fortificada: Alimento cocido, de reconstitucion instantanea a base de proteinas de origen vegetal (granos u otros), que contiene un minimo de 20% de proteinas de origen animal en el producto final. Nelen: Es la fraccion de grano de arroz menor a un MORDAZA ( ¼) respecto del tamano normal del grano entero, constituye un elemento de descarte o residuo de la seleccion de los granos de arroz con elevado contenido de impurezas y practicamente carece de valor nutricional. Otros: para fines de la presente MORDAZA sanitaria se consideran como "otros" en el contexto "a base de granos y otros" a las frutas, raices, tuberculos, y otros que no son granos, propios de las diferentes regiones del Peru, que se utilicen con fines nutricionales en los programas sociales de alimentacion. Plagas: Infestacion de insectos, pajaros, roedores y cualesquier otro animal capaz de contaminar directa o indirectamente los alimentos. Papilla: Las caracteristicas deben permitir que sea destinado a ninos de 6 a 36 meses. Es un alimento cocido, en polvo, de reconstitucion instantanea, para consumo directo, de facil digestion, cuya composicion puede ser a base de granos, leche entera en polvo, tuberculos, frutas, raices, proteinas aisladas de origen animal, proteinas aisladas de origen vegetal, enriquecido con vitaminas y minerales, aceites de origen vegetal, entre otros. Programa de Higiene y Saneamiento: Actividades que contribuyen a la inocuidad de los alimentos manteniendo las instalaciones fisicas del establecimiento en buenas condiciones sanitarias. Programas Sociales de Alimentacion: Alimentacion destinada a poblaciones de caracteristicas vulnerables como ninos y ninas de 6 a 36 meses, pre escolares, escolares, madres gestantes, mujeres en lactancia, ancianas, otros grupos quienes constituyen los beneficiarios de dichos programas. Sistema HACCP: Sistema de Analisis de Riesgos y de Puntos de Control Criticos. Sistema que permite identificar, evaluar y controlar peligros que son importantes para la inocuidad de los alimentos. Privilegia el control del MORDAZA sobre el analisis del producto final. Sustituto lacteo: Alimento a base de granos, cocido, de reconstitucion instantanea, que contiene proteinas de origen animal diferentes a las de la leche de vaca (Ej. proteinas aisladas de albumina de huevo, de globulinas, de pescado, entre otras). Vigilancia Nutricional: Conjunto de actividades de observacion y evaluacion que realiza la autoridad competente sobre la calidad, combinacion y caracteristicas nutricionales de los alimentos y bebidas para la proteccion alimentaria y nutricional de los consumidores. Vigilancia Sanitaria: Conjunto de actividades de observacion y evaluacion que realiza la autoridad competente sobre las condiciones higienico sanitarias de los alimentos y bebidas en proteccion de la salud de los consumidores. 03504-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a El MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 785-2006-MTC/02
MORDAZA, 24 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-

PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, estableciendo que, aquellos viajes que realiza la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizaran mediante Resolucion Ministerial, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0593-2006-MTC/12, de fecha 14 de setiembre de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Taca Peru S.A., con Carta TP-257-09-06, presentada el 13 de setiembre de 2006, en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 11 y 13 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves e Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion), establecido en el Texto Unico de Procedimientos A d m i n i s t ra t i vo s d e l M i n i s t e r i o d e Tra n s p o r t e s y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas para la expedicion de las constancias de conformidad a las aeronaves Airbus 321 de numero de serie 2862 y Airbus 320 de numero de serie 2917, asi como de la estacion en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 26 al 31 de octubre de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 27810, 27812 y 27813, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondientes a los Procedimientos a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1799-2006-MTC/12.04-SDA y 1800-2006MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez y MORDAZA MORDAZA Rivero Pun, respectivamente, para realizar las inspecciones tecnicas para la expedicion de las constancias de conformidad a las aeronaves Airbus 321 de numero de serie 2862 y Airbus 320 de numero de serie 2917, asi como de la estacion de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 26 al 31 de octubre de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1799-2006-MTC/12.04SDA y 1800-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006;

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