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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331778El Peruano domingo 29 de octubre de 2006 publicación, por cuanto existen aspectos y detalles pendientes, a ser desarrolladas a través de unreglamento; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118° inciso 8. de la Constitución Política del Perú y en la Leydel Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación. Apruébese el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, que consta de cinco (05) Títulos, cincuenta y cinco (55) artículos y ocho (08) DisposicionesFinales y Transitorias que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promocióndel Empelo REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar las normas establecidas en los Títulos I, II y IV de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. Artículo 2º.- Definiciones A los efectos del presente Reglamento se aplican las definiciones contenidas en el artículo 1º de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, relativas al Sistema de Inspección del Trabajo, Inspeccióndel Trabajo, Supervisores Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares, actuaciones de orientación, actuaciones inspectivas y procedimientoadministrativo sancionador en materia sociolaboral. Asimismo, respecto a la aplicación de la presente norma, debe tenerse en consideración los siguientestérminos: - Ley: Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. - Reglamento: El presente Decreto Supremo. - MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.- Directivos: Directores, Sub Directores, Supervisores Inspectores o Autoridades que hagan sus veces, con competencias en el Sistema Inspectivo. - Normas de orden sociolaboral: Conjunto de normas jurídicas de carácter individual y colectivo, referido a la ordenación del trabajo y relaciones sindicales, prevenciónde riesgos laborales, empleo y migraciones, promoción del empleo y formación del trabajo, trabajo adolescente, prestaciones de salud y sistema previsional, trabajo depersonas con discapacidad y cualesquiera otras normas que tengan similar contenido. Artículo 3º.- Principios ordenadores del Sistema de Inspección del Trabajo De conformidad con lo establecido por el artículo 2º de la Ley, el funcionamiento y la actuación del Sistema de Inspección de Trabajo, así como de los servidores públicos que lo integran, se regirán por los principios delegalidad, primacía de la realidad, imparcialidad y objetividad, equidad, autonomía técnica y funcional, jerarquía, eficacia, unidad de función y de actuación,confidencialidad, lealtad, probidad, sigilo profesional y honestidad y celeridad.Artículo 4º.- Funciones de la Inspección del Trabajo Corresponde a la Inspección del Trabajo el ejercicio de las funciones de vigilancia y exigencia del cumplimiento de normas así como las funciones de orientación yasistencia técnica, en los términos regulados en el artículo 3º de la Ley. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley, los Supervisores Inspectores y los Inspectores del Trabajo están facultados para desempeñar en su integridad todos los cometidos de la función de inspeccióncon sujeción a los principios y disposiciones de dicha Ley y el presente Reglamento. Cuando ocupen puestos directivos en el Sistema de Inspección del Trabajo, noperderán las facultades, funciones y competencias inspectivas que les son propias, debiendo ejercerlas en idénticas condiciones y con sujeción a los mismosprincipios y obligaciones. Los Inspectores Auxiliares están únicamente facultados para ejercer las funciones señaladas en eltercer párrafo del artículo 6º de la Ley Artículo 5º.- Ámbito de Actuación La actuación de la Inspección del Trabajo se extiende a todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas sociolaborales, ya seanpersonas naturales o jurídicas, públicas o privadas, aún cuando el empleador sea del sector público o de empresas pertenecientes al ámbito de la actividadempresarial del Estado, siempre y cuando estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Se ejerce en las empresas, centros y lugares de trabajo a los que serefiere el artículo 4º de la Ley. Artículo 6º.- Facultades inspectivas Los supervisores inspectores, los inspectores del trabajo, y los inspectores auxiliares debidamente acreditados están investidos de autoridad y autorizadospara ejercer las facultades inspectivas reguladas en los artículos 5º y 6º de la Ley. El ejercicio de las facultades inspectivas de investigación y de adopción de medidas para garantizar el cumplimiento de las normas, se ajustará a lo prescrito en la Ley y en el presente Reglamento. TÍTULO II ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO Artículo 7º.- Actuaciones Inspectivas7.1 Las actuaciones inspectivas son de dos clases: a) Actuaciones de investigación o comprobatoria. b) Actuaciones de consulta o asesoramiento técnico. 7.2 Las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatoria son diligencias previas al procedimiento sancionador, que se efectúan de oficio por la Inspección del Trabajo para comprobar si se cumplenlas disposiciones vigentes en materia sociolaboral y, en caso de contravención, adoptar las medidas que procedan en orden a garantizar o promover sucumplimiento. Su inicio y desarrollo se llevará a cabo de acuerdo con los trámites y requisitos regulados en la Ley, en elpresente Reglamento, así como en las restantes normas de desarrollo que se dicten, no siendo de aplicación las disposiciones contenidas en el Título II de la Ley Nº 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, salvo por expresa remisión a las mismas. 7.3 Las actuaciones inspectivas de consulta o asesoramiento técnico son medidas de orientación relacionadas con el cumplimiento de las normas sociolaborales. Artículo 8º.- Origen de las Actuaciones Inspectivas 8.1 Las actuaciones inspectivas de investigación se llevan a cabo de oficio, como consecuencia de una ordensuperior que podrá tener su origen en: