Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2006 (06/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 6 de setiembre de 2006

Personal - CAP de la Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Luya se aprecia que no cuenta con la plaza de Secretaria, lo que no es asi en la Institucion Educativa Secundaria "Sagrado Corazon de Jesus" de Lonya Chico, donde cuentan con una plaza de Secretaria; analizada las condiciones en que se encuentra la Institucion Educativa MORDAZA mencionada, encontramos que cuenta con una plaza de Secretaria y de acuerdo a la Directiva Nº 025-2005ME/SG, que MORDAZA el MORDAZA de Racionalizacion por la Cantidad de Secciones y MORDAZA que atiende, no le corresponde contar con una Secretaria, recurso humano que debe ser transferido a la UGEL - Luya, mas aun no demanda incremento de presupuesto; Que, es necesario optimizar el recurso humano para atender las necesidades institucionales, por necesidad de servicio se justifica que la plazas de Chofer II de la UGEL Luya sea ubicada a la Sede de la Direccion Regional de Educacion Amazonas, por contar con dos unidades moviles, toda vez que verificado el CAP de la UGEL Luya se aprecia que cuenta con una plaza de Chofer II sin contar con vehiculo alguno; asi como la plaza de Secretaria debera ser ubicada a la UGEL Luya; que siendo asi es procedente y justificable la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Direccion Regional de Educacion Amazonas; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 012, mediante Acuerdo Nº 170-2006 de fecha 5 de MORDAZA de 2006, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Artº 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Direccion Regional de Educacion Amazonas, incluyendo la plaza de Chofer II por necesidad del servicio. Articulo Segundo.- TRANSFERIR la plaza de Secretaria de la Institucion Educativa Secundaria "Sagrado Corazon de Jesus" de Lonya Chico a la Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Luya, en concordancia con la Directiva Nº 0252005-ME/SG, que MORDAZA el MORDAZA de Racionalizacion. Articulo Segundo.- TRAMITAR la presente Ordenanza Regional a la Direccion Regional de Educacion Amazonas y demas instancia que corresponda, para conocimiento y fines. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano 2006. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 01776-1

de Gestion de la Zonificacion Ecologica y Economica en el pais. Los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecucion de la Zonificacion Ecologica y Economica dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, el Art. 16º del citado Decreto Supremo establece que cada MORDAZA de Zonificacion Ecologica y Economica desarrollado en el ambito regional y local (macro y micro) requiere la conformacion de una Comision Tecnica; Que, en el Primer Plan Operativo Bianual agosto 2005 MORDAZA 2007, para la Zonificacion Ecologica y Economica, aprobado por el CONAM mediante Resolucion Presidencial Nº 135-2005-CONAM/PCD, del 8 de agosto del 2005, esta contemplado el MORDAZA de Zonificacion Ecologica y Economica a desarrollarse en el ambito territorial del departamento de Amazonas; Que, asimismo, la Comision Tecnica Regional para cumplir con sus objetivos se ha establecido las funciones que debe cumplir la citada Comision, como el de proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de Zonificacion Ecologica y Economica a nivel regional y local, asi como los aspectos relacionados a la macro zonificacion regional y proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion; en consecuencia es procedente la modificacion de la Ordenanza Regional Nº 0162003-CR/RA de fecha 16-11-2003; Estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 013, mediante Acuerdo Nº 193-2006 de fecha 2 de agosto de 2006, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- MODIFICAR los Articulos 2do., 3ro. y 4to. de la Ordenanza Regional Nº 016-2003-CR/RA de fecha 13 de noviembre del 2003, que considera como Grupo Tecnico Regional - ZEE, debiendo decir: Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica; asimismo el Instituto Nacional de Cultura por Instituto Regional de Cultura; la inclusion de la Asociacion Ecosistemas Andinos - ECOAN y la exclusion de las Instituciones Centro IDEAS Chachapoyas y Proyecto Frontera Selva; quedando conformada la Comision de la siguiente manera: - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, quien lo presidira - Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana (IIAP), quien asumira la Secretaria Tecnica - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Direccion Regional de Educacion - Direccion Regional de Agricultura - Direccion Regional de Salud - Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones - Direccion Regional de Energia y Minas - Direccion Regional de la Produccion - Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo - Direccion Regional de Vivienda y Construccion - Municipalidad Provincial de Chachapoyas - Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA - Municipalidad Provincial de Luya - Municipalidad Provincial de Utcubamba - Municipalidad Provincial de Bagua - Municipalidad Provincial de Bongara - Municipalidad Provincial de Condorcanqui - Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA - Instituto Regional de Cultura - INDECI - Amazonas - INEI - Amazonas - PRONAMACHCS - Direccion Departamental - SENASA - Direccion Departamental - PETT - Proyecto Especial de Titulacion de Tierras - Administracion Tecnica del Distrito de Riego Utcubamba - Administracion Tecnica del Distrito de Riego Bagua - Administracion Tecnica de MORDAZA y Fauna MORDAZA - CARITAS Diocesana Chachapoyas - Asociacion Ecosistemas Andinos - ECOAN - Comunidades Nativas Huambizas y Aguarunas Articulo Segundo.- La Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica debera de presentar a la Comision Ambiental Regional Amazonas, un informe sobre el avance, dificultades y grado de cumplimiento del mandato otorgado.

Establecen conformacion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica
ORDENANZA REGIONAL Nº 152GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en MORDAZA con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y la administracion del Gobierno Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, Art. 11º, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros a traves del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), en su condicion de autoridad ambiental nacional, dirige el MORDAZA

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