NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 46
327928El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU37 SUSPENSION DE Solicitud según formato autorizado adjuntando: Gratuito 30 días Oficina de Jefe de la División Reconsideración: De oficio la administración puede, por norma PENSION POR Orientación y de Pensiones, División de legal, proceder a la suspensión de la pensión, REINICIO DE Recepción a nivel Jefe de la División Pensiones en caso de comprobarse el reinicio de actividad ACTIVIDAD LABORAL nacional. de Calificaciones Apelación: laboral. D.L.19990 Y SUSPENSION y/o Coordinadores Gerencia de POR HABER REINGRESADO Departamentales. Operaciones A LABORAR EN LAADMINISTRACIÓN PÚBLICA - DL 20530 Ley Nº 28532 (26.05.2005) El poder general se formaliza mediante simple Art. 3º; Ley Nº 27444 designación de persona cierta en el escrito, o (11.04.2001) Art. 31º . acreditando una carta poder con firma del administrado Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente deberáprecisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerirá de Poder Especial, el mismo que debe contenerexpresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Deberá ser formalizado a elección del administrado, mediantedocumento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Público autorizado para el efecto o mediante declaración encomparecencia personal del administrado y . representante ante la Autoridad . Copia simple del último cupón de pago de pensión (si lo tuviera).* *Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pero su presentación coadyuvará a realizar un trámite más expeditivo. . Copia simple del Documento de Identidad vigente. . Documento que sustente el reinicio de actividad laboral o reingreso a la administración pública. 38 FALLECIMIENTO DE Solicitud según formato autorizado adjuntando: Gratuito X Oficina de Jefe de la División De oficio, la administración procede a verificar PENSIONISTA O Orientación y de Pensiones, el registro de pensionistas con la información de BENEFICIARIO DE Recepción a nivel Calificaciones y/o fallecidos proporcionada por Reniec, aquellos FONAHPU nacional. Coordinadores registros que poseen coincidencias se procede Departamentales. a dar de baja del sistema de pensiones. Ley Nº 28532 (26.05.2005) El poder general se formaliza mediante simple Art. 3º ; Ley Nº 27444 designación de persona cierta en el escrito, o (11.04.2001) Art. 31º . acreditando una carta poder con firma del administrado Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamentedeberá precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerirá de Poder Especial, el mismo que debe contenerexpresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Deberá ser formalizado a elección del administrado, mediantedocumento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Público autorizado para el efecto o mediante declaración enTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1) N° Denominación del Requisitos (2)Derecho CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad compe- Autoridad que Observaciones Procedimiento (Base de Pago donde se tente para resolver resuelve el Legal y Fecha de (3). inicia el en primera instancia recurso Publicación) trámite el trámite administrativo Auto- Ev aluación Previa mática Positivo Negativo