Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 40
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1)
Derecho de Pago (3). Automatica Positivo formacion profesional, adjuntar Resolucion y MORDAZA certificada de titulo profesional. Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones. Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). Negativo Evaluacion Previa CALIFICACION Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para resolver en primera instancia el tramite Autoridad que resuelve el recurso administrativo Observaciones
327922
N°
Denominacion del Procedimiento (Base Legal y Fecha de Publicacion)
Requisitos (2)
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PRORROGA DE PENSION DE ORFANDAD
Solicitud segun formato autorizado adjuntando:
R
EP
UB
LICA DEL P E
R
U
Reconsideracion al Jefe de la Division de Calificaciones. Plazo: 15 dias. Resuelve el Jefe de la Division de Calificaciones. Plazo: 30 dias. Documentacion sustentatoria. No necesita la firma de abogado. Apelacion al Gerente de Operaciones. Plazo: 15 dias. Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo: 30 dias. Documentacion sustentatoria. No necesita la firma de abogado.
NORMAS LEGALES
Ley Nº 27444 (11.04.2001), Art. 115º, 115.1; Codigo Civil, Art. 155º.
REQUISITOS GENERALES MORDAZA simple y legible del documento de identidad del solicitante y/o apoderado. . Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si ademas se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. (4)
Ley Nº 27444 (11.04.2001) Art. 40 .
. Resolucion aprobatoria de Pension de Orfandad y/o MORDAZA Prorroga de Orfandad segun sea el caso (mostrar, si la tuviera).*
El poder general se formaliza mediante simple designacion de persona cierta en el escrito, o acreditando una carta poder con firma del administrado Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente debera precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerira de Poder Especial, el mismo que debe contener expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Debera ser formalizado a eleccion del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Publico autorizado para el efecto o mediante declaracion en comparecencia personal del administrado y . representante ante la Autoridad *Este requisito no es de obligatorio cumplimiento pero su MORDAZA coadyuvara a realizar un tramite mas expeditivo. Adicionalmente podra presentar:
Decreto Ley Nº 20530, Art. 34
MORDAZA legible del ultimo cupon de pago de pension.
Decreto Ley Nº 20530, Art. 34; D.S Nº 015-98-PCM (25.04.1998) Art. 3.
Para prorroga por estudios: . Certificado(s) y/o MORDAZA de Estudios ininterrumpidos de nivel basico o superior de hijos mayores de 18 anos, precisando el periodo de estudios que cursa. Para prorroga por invalidez: . MORDAZA de Resolucion Judicial que nombra al curador, si este inicia el tramite y la MORDAZA de su Inscripcion en RENIEC o entidad correspondiente. . Certificado Medico de Invalidez expedido por EPS, ESSALUD o MINSA Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones. Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de
El Peruano martes 12 de setiembre de 2006
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SOLICITUD DE PENSION DE SOBREVIVIENTES ASCENDIENTES
Solicitud segun formato autorizado adjuntando:
En caso de no ser pensionista adjuntar copias simples legibles de los siguientes documentos: