Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2006 (12/09/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 31
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1)
Derecho de Pago (3). Automatica Positivo tramite mas expeditivo. Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones y/o Coordinadores Departamentales, segun corresponda . Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). Reconsideracion al Jefe de la Division de Calificaciones. Plazo: 15 dias. Resuelve el Jefe de la Division de Calificaciones Plazo: 30 dias. . Documentacion sustentatoria. Apelacion al Gerente de Operaciones. Plazo: 15 dias. . Resuelve el Gerente de Operaciones. Plazo: 30 dias. .Documentacion sustentatoria. Negativo Evaluacion Previa CALIFICACION Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para resolver en primera instancia el tramite Autoridad que resuelve el recurso administrativo Observaciones
N°
Denominacion del Procedimiento (Base Legal y Fecha de Publicacion)
Requisitos (2)
El Peruano martes 12 de setiembre de 2006
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RECTIFICACION DE RESOLUCION POR ERROR MATERIAL (Decreto Ley Nº 19990, Decreto Ley Nº 18846)
Solicitud segun formato autorizado adjuntando:
MORDAZA simple legible de:
R
EP
UB
Ley Nº 27444 (11.04.2001) Art. 201 .
LICA DEL P E
R
U
. Documento de Identidad vigente. . Mostrar la Resolucion Administrativa por rectificarse, si la tuviere.*
*Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pero su MORDAZA coadyuvara a realizar un tramite mas expeditivo.
. Documento que sustente la rectificacion, en caso corresponda. Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones y/o Coordinadores Departamentales, segun corresponda. Para los regimenes especiales el tramite lo realiza la Division de Calificaciones.
NORMAS LEGALES
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CAMBIO DE TUTOR - Decreto Ley Nº 19990, Decreto Ley Nº 18846
Solicitud segun formato autorizado adjuntando:
Motivo de solicitud NSP: 063 Decreto Legislativo Nº 295 (25.07.1984) Arts. 502º a 563º y 564º a 618º. Ley Nº 27337 Art. 100º. D.S Nº 015-98-PCM (25.04.1998) Art. 3 .
. Certificacion de reciente expedicion (maximo 3 meses de antiguedad) del Registro Personal de los Registros Publicos donde conste inscrito la calidad de Tutor o Curador, segun el caso.
. MORDAZA de Resolucion Judicial que nombra al curador, si este inicia el tramite y la MORDAZA de su Inscripcion en RENIEC.
SOLICITUDES RELACIONADAS AL MORDAZA DE OTORGAMIENTO DE PRESTACIONES - D.L.18846
Gratuito 30 dias Oficina de Orientacion y Recepcion a nivel nacional. Jefe de la Division de Calificaciones Reconsideracion: Division de Calificaciones. Apelacion: Gerencia de Operaciones (Disp. Transitoria de la Ley Nº 28040). El poder general se formaliza mediante simple designacion de persona cierta en el escrito, o acreditando una carta poder con firma del administrado. Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente debera precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerira de Poder Especial, el mismo que debe contener expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Debera ser formalizado a eleccion del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Publico autorizado para el efecto o mediante declaracion en comparecencia personal del administrado y representante ante la
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SOLICITUD DE RENTA VITALICIA POR ENFERMEDAD PROFESIONAL
Solicitud segun formato autorizado adjuntando:
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