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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 42

327924El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1) N° Denominación del Requisitos (2)Derecho CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad compe- Autoridad que Observaciones Procedimiento (Base de Pago donde se tente para resolver resuelve el Legal y Fecha de (3). inicia el en primera instancia recurso Publicación) trámite el trámite administrativo Auto- Ev aluación Previa mática Positivo Negativo Copia simple legible del documento de identidad vigente del titular o familiar solicitante. 31 RECTIFICACION DE Solicitud según formato autorizado adjuntando: Gratuito 30 días Oficina de Jefe de la División Sólo para los casos de Resoluciones que LA RESOLUCION Orientación y de Calificaciones. hayan sido emitidas por la ONP . POR ERROR Recepción a nivel MATERIAL (Decreto nacional. Ley Nº 20530) Copia simple y legible de la resolución. Documento que sustente la rectificación, en caso corresponda. SOLICITUDES RELACIONADAS AL PROCESO DE PAGO DE PENSIONES D.L. 19990, D.L. 18846 Y PENSIONES POR ENCARGO 32 ACTIVACION DE PAGO Solicitud según formato autorizado adjuntando: Ley Nº 28532 REQUISITOS GENERALES (26.05.2005) Art. 3º ; Ley Nº 27444 (11.04.2001) Art. 31º . . Copia simple legible del documento de identidad vigente. . Ultimo cupón de pago de pensión que disponga (si lo tuviera).* *Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pero su presentación coadyuvará a realizar un trámite más expeditivo. . Poder general si la solicitud es presentada por tercero. (4) El poder general se formaliza mediante simple designación de persona cierta en el escrito, oacreditando una carta poder con firma del administrado Si en el Poder, se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas, necesariamente deberá precisarse el alcance y sentido de las mismas, para cuyo efecto se requerirá dePoder Especial, el mismo que debe contener expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Deberá ser formalizado a elección del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario o Funcionario Público autorizado para el efecto o mediante declaración en comparecencia personal del administrado y . representante ante la Autoridad. En el caso de los pensionistas que se encuentren fuera del país, el Poder deberá serotorgado ante el Consulado Peruano del país donde se encuentre y el Certificado de Supervivencia debe ser emitido por el mismoConsulado. En ambos casos estos documentos tienen que estar refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 32.1. POR NO COBRAR TRES MESES CONSECUTIVOS Gratuito X Oficina de Jefe de la División Orientación y de Pensiones y/oRecepción a nivel Coordinadores nacional. Departamentales. Todos los requisitos generales.