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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

327932El Peruano martes 12 de setiembre de 2006 NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUCUENTAS DE Orientación y de Pensiones. unificar las cuentas de pensión para aquellos PENSIÓN Recepción a nivel pensionistas que no lo hayan solicitado y nacional. cuando un beneficiario tenga derecho a percibir una prestación por derecho propio y otra generada por derecho derivado, la suma de ambas de acuerdo a lo previsto en el Art. 83º del DL 19990. Ley Nº 28532 (26.05.2005) Art. 3.Decreto Supremo Nº 014- .Exhibir últimos cupones de pago de pensión y por tipo de prestación *Este requisito no es de obligatorio 74-TR (07.08.1974) Art.62. (si los tuviera).* cumplimiento, pero su presentación coadyuvará a realizar un trámite más expeditivo. . Copia simple legible del Documento de Identidad vigente. 48 CARTA POR UNICA Solicitud según formato autorizado adjuntando: Gratuito X Oficina de Jefe de la Sólo procede por una (1) vez, salvo casos VEZ DE PAGO DE Orientación y División de excepcionales hasta por dos (2) veces PENSION A Recepción a nivel Pensiones y/o consecutivas. PENSIONISTA nacional Coordinadores HOSPITALIZADO QUE Departamentales. COBRA BAJO LA MODALIDAD DE PAGO DIRECTO Ley Nº 28532 Copia simple legible de: (26.05.2005) Art. 3. . Ultimo cupón de pago de pensión (si lo tuviera).* *Este requisito no es de obligatorio cumplimiento, pero su presentacióncoadyuvará a realizar un trámite más expeditivo. . Documento de identidad vigente del pensionista. . Documento de Identidad vigente del Apoderado. . Certificado Social, otorgado por el Servicio Social de un Centro de Salud de ESSALUD o Constancia de Internamiento de centro deatención de salud diferente, adjuntando una solicitud del pensionista indicando a quien delega el derecho de cobro de su pensión por única vez. Vigencia de presentación: cinco días hábiles anteriores al operativo de pago de pensiones. 49 DEVENGADO DE Oficio original del Juzgado competente dirigido a la ONP Gratuito 30 días Mesa de Partes Jefe de la ALIMENTISTAS que disponga la retención de un porcentaje o cantidad de la ONP - Lima División de líquida de los devengados del titular de la misma. Pensiones Código Civil, Decreto Legislativo Nº 295 (25.07.1984) Art. 415. TUO de la Ley Orgánica Acreditar la identificación de quien ha sido designado beneficiario. Si el oficio del Juzgado no contuviera los datos del Poder Judicial Art. 4, generales del pensionista (nombre completo y DS Nº 13-93-JUS número de documento de identidad), se (07.05.1993) Art. 65; TUO requerirá adicionalmente una copia del del Código Procesal Civil documento de identidad de éste. Resolución Ministerial Nº 10-93-JUS (23.04.1993) Art. 648. 50 REINTEGRO A Oficio original del Juzgado competente dirigido a la ONP Gratuito 30 días Mesa de Partes Jefe de laTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LAS PRESTACIONES DEL D.L. 19990, D.L. 18846 y PENSIONES POR ENCARGO-PEE(1) N° Denominación del Requisitos (2)Derecho CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad compe- Autoridad que Observaciones Procedimiento (Base de Pago donde se tente para resolver resuelve el Legal y Fecha de (3). inicia el en primera instancia recurso Publicación) trámite el trámite administrativo Auto- Ev aluación Previa mática Positivo Negativo