Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2006 (25/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano lunes 25 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

328873

producto del Plan de Abandono ejecutado en las instalaciones de la Planta de Combustible del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; Que, el articulo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modificado por Decreto Supremo Nº 042-2006-EF establece que las donaciones de bienes muebles patrimoniales de una entidad publica a favor de otra entidad publica o privada, se aproba-ran mediante Resolucion del Titular de la Entidad donante; Que, mediante Resolucion Nº 031-2002-SBN, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) aprobo la Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el "Procedimiento para la donacion de bienes muebles del Estado y para la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Estado", la misma que describe a la donacion como el acto por el cual una entidad publica conviene en transferir gratuitamente la propiedad de un bien mueble dado de baja a favor de entidades publicas o privadas. En concordancia con el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, esta Directiva establece que la donacion de bienes muebles de una entidad publica a favor de otra entidad publica, se aprobara mediante resolucion del Titular de la Entidad, la misma que debera ser transcrita, sin excepcion alguna a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los veinte (20) dias siguientes a su emision; Que, la referida Directiva establece que la potestad decisoria de impulsar el tramite de donacion queda reservada, segun sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ambito de su administracion. Asimismo, dispone que la donacion de bienes muebles dados de baja por las entidades publicas se rige por las disposiciones contenidas en MORDAZA, segun la cual se requiere de un informe favorable del Comite de Gestion Patrimonial, senalando ademas

que las resoluciones deberan aprobar la donacion bajo el ter mino de "Transferencia en la modalidad de Donacion" y especificar las caracteristicas y el valor de los bienes muebles objeto de donacion; asi como por lo dispuesto en el Codigo Civil; Que, atendiendo a la solicitud presentada por el Comandante de Material de FAP y siendo que los bienes requeridos han sido dados de baja por este Ministerio, resulta procedente aprobar la transferencia en la modalidad de donacion a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru, de los bienes detallados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolucion; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/ SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donacion a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru, de los bienes muebles que se detallan en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, el mismo que incluye las caracteristicas y valor de los bienes. Articulo 2º.- Disponer que el Comite de Gestion Patrimonial de la Oficina General de Administracion, proceda a la formalizacion de la entrega fisica del bien, previa suscripcion del acta de entrega y recepcion mobiliaria con la institucion beneficiaria. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo establecido en el articulo 175º del Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

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