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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (25/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 25 de setiembre de 2006 328873REPUBLICADELPERU producto del Plan de Abandono ejecutado en las instalaciones de la Planta de Combustible del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que, el artículo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modificado por Decreto Supremo Nº 042-2006-EF establece que las donaciones de bienes mueblespatrimoniales de una entidad pública a favor de otra entidad pública o privada, se aproba-rán mediante Resolución del Titular de la Entidad donante; Que, mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) aprobó la Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el “Procedimiento para la donación de bienes mueblesdel Estado y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado”, la misma que describe a la donación como el acto por el cual unaentidad pública conviene en transferir gratuitamente la propiedad de un bien mueble dado de baja a favor de entidades públicas o privadas. En concordancia con el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, esta Directiva establece que la donación de bienes muebles de una entidad pública a favor de otra entidad pública, se aprobará mediante resolución del Titular de la Entidad, la misma que deberá ser transcrita, sin excepción alguna a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión; Que, la referida Directiva establece que la potestad decisoria de impulsar el trámite de donación queda reservada, según sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ámbito de su administración. Asimismo, dispone que la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas se rige por las disposiciones contenidas en ella, según la cual se requiere de un informe favorabledel Comité de Gestión Patrimonial, señalando ademásque las resoluciones deberán aprobar la donación bajo el término de “Transferencia en la modalidad de Donación” y especificar las características y el valor de los bienes muebles objeto de donación; así comopor lo dispuesto en el Código Civil; Que, atendiendo a la solicitud presentada por el Comandante de Material de FAP y siendo que los bienes requeridos han sido dados de baja por este Ministerio, resultaprocedente aprobar la transferencia en la modalidad de donación a favor del Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú, de los bienes detallados en el Anexo I que formaparte integrante de la presente resolución; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación a favor del Ministerio de Defensa – FuerzaAérea del Perú, de los bienes muebles que se detallan en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, el mismo que incluye las características y valorde los bienes. Artículo 2º.- Disponer que el Comité de Gestión Patrimonial de la Oficina General de Administración,proceda a la formalización de la entrega física del bien, previa suscripción del acta de entrega y recepción mobiliaria con la institución beneficiaria. Artículo 3º .- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 175º delReglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF . Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones