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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (25/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 25 de setiembre de 2006 328885REPUBLICADELPERU partido político "Partido Democrático Somos Perú", donde se encuentra como afiliada según consta en la OROP; Que, el recurrente señala como argumento de defensa que la referida candidata ha pertenecido al referido partidopolítico, hasta el 8 de febrero del 2006, fecha en quepresento su renuncia, no siendo responsabilidad suya el manejo de los padrones partidarios; Que, siendo que del documento presentado se advierte que la candidata cuestionada llego a renunciara su organización política dentro del plazo legal, la mismaque como se advierte de autos esta fue presentada confecha 8 de febrero de 2006, de lo que se colige que se ha cumplido con el requisito exigido por ley, por tal razón corresponde proseguir el trámite según su estado; siendoresponsabilidad exclusiva de los partidos políticos,actualizar el padrón de afiliados del propio partido políticoconforme lo señala el artículo 18º de la Ley de PartidosPolíticos Nº 28094, consecuentemente esta inobservancia no es impedimento para su postulación mas aún si ésta acredita que su renuncia se produjo, con anterioridad al plazo fijado en la normatividadelectoral vigente, por lo que resulta amparable supretensión; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto en el inciso a) del artículo 5º de la Ley Orgánica del JuradoNacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del partidopolítico "Agrupación Independiente Si Cumple"; enconsecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 079-2006- JEE-LIMA ESTE/ERM, expedida por el Jurado ElectoralEspecial de Lima Este, y REFORMÁNDOLA disponer se admita a trámite de inscripción la lista de candidatos del partido político "Agrupación Independiente Si Cumple"para el Concejo Distrital de La Victoria, provincia ydepartamento de Lima, en las Elecciones Municipalesdel año 2006. Artículo Segundo.- Devolver al Jurado de origen el presente expediente para la prosecución de su trámite. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMIREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 02380-30 RESOLUCIÓN Nº 1899-2006-JNE Expediente Nº 1659-2006 Lima, 18 de setiembre de 2006Visto, en Audiencia Pública de fecha 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelación interpuesto por Juan Manuel Curo Curo, personero legal titular del partidopolítico "Restauración Nacional" contra la ResoluciónNº 094-2006-JEE.TACNA/JNE, de fecha 3 de setiembrede 2006, expedida por el Jurado Electoral Especial de Tacna; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 094-2006-JEE.TACNA/ JNE, se denegó la admisión a trámite de inscripción de lalista de candidatos al cargo de Alcalde y Regidores parael Concejo distrital de Pachía, provincia y departamento de Tacna presentada por el Partido Político "Restauración Nacional" para las Elecciones Municipales del presenteaño, por no cumplir con adjuntar la renuncia o documentoque acredite la autorización expresa del partido políticoal que pertenece el candidato a alcalde don Lorenzo Quenta Mallea, el cual figura como afiliado al partidopolítico "Perú Posible"; Que, el apelante indica que desde hace 9 meses el candidato Lorenzo Quenta Mallea ya no pertenece alpartido político "Perú Posible", eximiéndoles de responsabilidad que el referido partido político no lo haya depurado de su padrón de afiliados como exige la ley;que presenta con la apelación, la carta de renuncia delcandidato al partido político al cual se encuentra afiliadodicho candidato; Que, en cuanto a la carta de renuncia que se adjunta a la apelación, la misma fue presentada por Lorenzo Quenta Mallea el 15 de noviembre de 2005, consignandosello de recepción del Secretario Distrital del ComitéDistrital de Pachía del partido político "Perú Posible" condicha fecha, dándose así por cumplido el requisitoestablecido por el artículo 18º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el partido político"Restauración Nacional"; en consecuencia REVOCARla Resolución Nº 094-2006-JEE.TACNA/JNE, yREFORMÁNDOLA disponer se admita a trámite deinscripción la lista de candidatos de dicho partido político para el cargo de Alcalde y Regidores para el Concejo distrito de Pachía, provincia y departamento de Tacna,para las Elecciones Municipales del año 2006. Artículo Segundo.- Devolver al Jurado Electoral Especial de origen, en el día, el presente expediente,para la prosecución del trámite. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 02380-33 RESOLUCIÓN Nº 1904-2006-JNE Exp. Nº 1666-2006 Lima, 18 de setiembre de 2006VISTO, en Audiencia Pública del 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelación interpuesto por Daniel Alejandro Rodríguez Diaz, personero legal del partido político "Agrupación Independiente Sí Cumple", contra laResolución Nº 131-2006-JEE/LN de fecha 3 de setiembrede 2006, del Jurado Electoral Especial de Lima Norte; CONSIDERANDO: Que, mediante la apelada se denegó la admisión a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatospara el Concejo Distrital de Los Olivos, provincia de Lima,departamento de Lima, del partido político "AgrupaciónIndependiente Sí Cumple" para los comicios municipales 2006, por cuanto se advierte que los candidatos a regidores, Flora Isabel Torres Suárez y Joan ArthurVillaizan presentaron copia de su DNI cuya fecha decaducidad ha vencido, estando por ende impedido deejercer sus derechos electorales; Que, el recurrente expresa agravios indicando que, el Jurado Electoral Especial de Lima Norte, ha errado en la interpretación de la norma al limitar el derecho de losantes citados, por cuanto según el Reglamento decalificación e inscripción de listas de candidatos para las