Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2006 (25/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano lunes 25 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

328881

CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion impugnada, que deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores para el Concejo Municipal Provincial de Huaytara, presentada por la agrupacion politica "Alianza Electoral Unidad Nacional" para las Elecciones Municipales 2006, por no cumplir con adjuntar la renuncia o documento que acredite la autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Urruchi MORDAZA MORDAZA, los que figuran afiliados a la agrupacion politica "Fuerza Nacional"; Que, el apelante indica, con relacion a los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Urruchi MORDAZA MORDAZA, en aplicacion extensiva del derecho publico de presentar nuevas pruebas, adjunta a su recurso impugnativo, las cartas de renuncia de ambos candidatos a la agrupacion politica en la que se encuentran afiliados; Que, segun lo dispuesto por el articulo 18º, tercer parrafo, de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito; estableciendo la MORDAZA senalada, dos salvedades, la primera es que el candidato MORDAZA renunciado a su partido de origen con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripcion, y la MORDAZA es que el candidato que continue afiliado a un partido politico, cuente con autorizacion expresa de este para presentarse como candidato por otro partido, siempre que el partido al que pertenece no presente candidatos en la respectiva circunscripcion, debiendo adjuntarse a la solicitud de inscripcion; Que, se aprecia a fojas 93 y 94 las cartas de renuncia a la agrupacion politica "Fuerza Nacional" del 20 de febrero del 2006 y 12 de marzo del 2006, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Urruchi MORDAZA MORDAZA respectivamente; y, del contenido de las mismas, consignan el sello, firma y fecha de recepcion del referido partido, con el que queda acreditado la MORDAZA de dicho acto, dandose asi por cumplido el requisito establecido por el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Personero Legal Titular de la agrupacion politica "Alianza Electoral Unidad Nacional"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 001-2006-JEE-Huaytara, del 31 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especia de Huaytara; y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicha agrupacion politica para Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02380-21 RESOLUCION Nº 1819-2006-JNE Expediente Nº 1587-2006 MORDAZA, 15 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 15 de setiembre del 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA

MORDAZA Sinti, personero alterno del partido politico "Accion Popular", contra la Resolucion Nº 014-2006-JNE-JEEMARISCAL MORDAZA CASTILLA-P de fecha 1 de setiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; CONSIDERANDO: Que, mediante la resolucion apelada, se resuelve denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a Elecciones Municipales 2006 para el Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Accion Popular", por encontrarse el candidato a regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lavy, afiliado al "Partido Aprista peruano", no cumpliendo con adjuntar la renuncia o la respectiva autorizacion de tal agrupacion, segun corresponda; Que, el tercer parrafo del articulo 18º de la Ley de Par tidos Politicos Nº 28094 concordante con lo establecido por el articulo 5º inciso 10 del Reglamento de Recepcion, Calificacion e Inscripcion de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales 2006, establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos y organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico, salvo que MORDAZA renunciado con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripcion, o cuente con autorizacion expresa del partido al que pertenece, siempre que dicho partido no presente candidatos en la respectiva circunscripcion; Que, al respecto el impugnante senala que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lavy, con fecha 15 de marzo de 2006, presento su carta de renuncia al "Partido Aprista Peruano", la misma que fue aceptada con fecha 20 de marzo del presente ano por dicho partido politico, lo cual acredita con los documentos que se adjuntan al escrito de apelacion a fojas 118 y 125; cumpliendose con ello la exigencia prevista en la normatividad vigente; debiendose por tanto acogerse la apelacion planteada; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Accion Popular"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 014-2006-JNE-JEE-MARISCAL MORDAZA CASTILLA-P de fecha 1 de setiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; y, REFORMANDOLA, disponer la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a las Elecciones Municipales del ano 2006 correspondientes al Concejo Provincial de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de Loreto. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02380-22 RESOLUCION Nº 1820-2006-JNE Expediente Nº 1591-2006 MORDAZA, 15 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 15 de setiembre del 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don Wilden

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