NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/09/2006)
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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329124El Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 CÓDIGO 04: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1 Oficina de Asesoría Jurídica04.2 Oficina de Desarrollo Estratégico, Cooperación Internacional e Inversiones 04.3 Oficina de Planificación y Presupuesto 04.4 Unidad de Conflictos Sociales CÓDIGO 05: ÓRGANOS DE APOYO 05.1 Oficina de Administración y Finanzas05.2 Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional 05.3 Oficina de Gestión de Recursos Humanos 05.4 Oficina de Información, Sistemas y Estadística CÓDIGO 06: ÓRGANOS DE LÍNEA 06.1 Adjuntías 06.2 Dirección de Promoción y Coordinación Territorial CÓDIGO 07: ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 07.1 Oficinas Defensoriales CAPÍTULO I 01 ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN 01.1 DEFENSORA DEL PUEBLOArtículo 7º.- La Defensora del Pueblo es la funcionaria que ejerce la más alta autoridad institucional y la titularidaddel respectivo pliego presupuestal. Representa a la Institución y goza de total autonomía e independencia en el ejercicio de las funciones previstas por los artículos161º y 162º de la Constitución y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Artículo 8º.- Son competencias de la Defensora del Pueblo: a) Formular, aprobar, conducir, dirigir, supervisar y evaluar la ejecución de las políticas y estrategias de la Defensoría del Pueblo, en el marco de la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica; b) Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de la Defensoría del Pueblo, así como presentarlo y sustentarlo ante el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República,respectivamente, en los plazos que establece la ley; c) Disponer la elaboración de estudios e informes y, de ser el caso, su publicación; d) Emitir Resoluciones Defensoriales y Administrativas; e) Aceptar las donaciones en el ámbito de su competencia. f) Delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo; g) Delegar facultades en materia presupuestaria; h) Designar a sus Adjuntos de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Orgánica de la Defensoría delPueblo; i) Aprobar los planes de la Defensoría del Pueblo; j) Celebrar y suscribir, en representación de la Defensoría del Pueblo, los acuerdos y convenios de cooperación nacional e internacional que considere necesarios, en el marco de la autonomía que le reconocela ley; k) Aprobar los estados financieros anuales institucionales; l) Establecer las comisiones y grupos colegiados que considere conveniente para el cumplimiento de las funciones de la Defensoría del Pueblo, y convocar areuniones de coordinación y consulta. m) Dictar los reglamentos internos, instrumentos técnico normativos y demás disposiciones que seannecesarias para el cumplimiento de sus funciones; n) Crear programas o proyectos de acuerdo a las necesidades institucionales. o) Designar y remover a sus asesores, jefes de oficinas defensoriales, personal de confianza y personal directivo; p) Las demás inherentes a su cargo. 01.2 GABINETEArtículo 9º.- El Gabinete es un órgano que depende directamente de la Defensora del Pueblo. Brinda apoyotécnico - administrativo a la Defensora del Pueblo y desarrolla actividades que coadyuvan a la gestión diaria,interna y externa de la Titular. Como parte de su organización cuenta con el Área de TrámiteDocumentario. Está a cargo de un Jefe de Gabinete. Artículo 10º.- Son competencias del Jefe de Gabinete: a) Apoyar a la Defensora del Pueblo en aspectos relacionados con la gestión institucional. b) Diseñar, desarrollar, revisar, publicar y distribuir a nivel nacional e internacional el Informe Anual de laDefensoría del Pueblo, así como el Resumen Ejecutivoen caso se requiera. c) Preparar y coordinar la Presentación del Informe Anual de la Defensoría del Pueblo ante el Congreso de laRepública; d) Atender y coordinar los documentos ingresados al Despacho Defensorial; e) Elaborar documentos e informes a solicitud de la Titular; f) Atender y coordinar la agenda de actividades de la Titular; g) Coordinar y preparar las reuniones y eventos nacionales e internacionales en las que participe la Titular; h) Revisar los documentos e informes elaborados por los órganos y unidades orgánicas para la firma de la Titular; i) Brindar apoyo en las reuniones de coordinación y consulta convocadas por la Defensora del Pueblo; j) Archivar los convenios de cooperación nacional e interinstitucional; k) Recibir y distribuir la correspondencia que tenga como destinatarios a la Alta Dirección y demásfuncionarios de la Defensoría del Pueblo, así como lacorrespondencia que la institución genera. l) Proponer las políticas, planes, programas, normas y procedimientos para el buen funcionamiento del Área de Trámite Documentario; m) Otras que le encomiende la Titular de la Defensoría del Pueblo. 01.2 PRIMERA ADJUNTÍA Artículo 11º.- La Primera Adjuntía es un órgano de dirección que depende directamente de la Defensoradel Pueblo. Es una instancia que gestiona, apoya,asesora y propone a la Titular las estrategias, políticasy planes de gestión institucional; coordina y supervisalas actividades de las Adjuntías y Oficinas Defensoriales y demás unidades orgánicas de la Defensoría del Pueblo. Artículo 12º.- La conducción de la Primera Adjuntía está a cargo de un funcionario denominado PrimerAdjunto, que ejerce la máxima autoridad administrativade la Entidad. Participa de la dirección y gestión institucional y representa a la Titular en materia administrativa.Reemplaza a la Titular en casos de ausencia eimpedimento temporal o cese, en los términos ycondiciones que establece la Ley Orgánica de laDefensoría del Pueblo. Artículo 13º.- Son competencias del Primer Adjunto: a) Asesorar y proponer a la Titular las estrategias, políticas y planes de la Institución; b) Dirigir el proceso de planeamiento estratégico y operativo institucional, así como el despliegue territorial de la Defensoría del Pueblo; supervisar y evaluar elcumplimiento y avance de los objetivos y metaspropuestas, adoptando o proponiendo, en su caso, lasmedidas correctivas necesarias; c) Emitir resoluciones en los asuntos de su competencia; d) Supervisar las actividades de las Adjuntías, Oficinas Defensoriales y demás órganos y unidadesorgánicas de la Defensoría del Pueblo; e) Cumplir y hacer cumplir los mandatos de la Titular;f) Recibir encargos especiales y asumir la representación de la Titular conforme a ley; g) Ejercer la representación legal de la Institución; h) Coordinar con los Adjuntos los proyectos de informes y de resoluciones defensoriales que éstospropongan a la Titular;