Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2006 (30/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 30 de setiembre de 2006

inversion publica, de conformidad con las normas que regulan su accionar. Articulo 20º.- Son competencias del Jefe de la Oficina de Desarrollo Estrategico, Cooperacion Internacional e Inversiones: a) Asesorar a la Titular y al Primer Adjunto respecto de las prioridades, politicas, modalidades y procedimientos aplicados por las agencias e instituciones de cooperacion internacional; b) Formular, en coordinacion con los organos y unidades organicas de la Institucion, el Plan Estrategico Institucional, asi como la Programacion Multianual y presentarlos a la Titular para su aprobacion; c) Monitorear y evaluar el Plan Estrategico Institucional y la Programacion Multianual, en coordinacion con la Oficina de Planificacion y Presupuesto y la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica; d) Formular, monitorear y evaluar los programas y proyectos de cooperacion tecnica internacional que no MORDAZA de inversion publica, en coordinacion con la Oficina de Planificacion y Presupuesto. Asi como, gestionar los recursos provenientes de la cooperacion internacional; e) Formular, en coordinacion con los organos y unidades organicas de la Institucion, los proyectos de convenios de cooperacion tecnica internacional y elevarlos a la Primera Adjuntia para su aprobacion; f) Efectuar ante la Agencia Peruana de Cooperacion Tecnica el registro de planes operativos de los proyectos y sus modificaciones; g) Constituirse en la Oficina de Programacion de Inversiones que evalua, emite informes y otorga la viabilidad de los proyectos de inversion presentados por la unidad organica formuladora, en los casos que corresponda; h) Verificar el registro de los proyectos de inversion publica en el Banco de Proyectos de la Direccion General de Programacion Multianual del Ministerio de Economia y Finanzas; i) Consolidar los Planes Multianuales de Inversion y realizar el monitoreo y evaluacion de los proyectos de inversion; j) Formular directivas y procedimientos que orienten el desarrollo de acciones para el planeamiento estrategico, la cooperacion tecnica internacional y los proyectos de inversion; k) Realizar el seguimiento y evaluar el cumplimiento de los compromisos asumidos por la Institucion en los convenios de cooperacion internacional y de la Canasta de Fondos; l) Asesorar y brindar asistencia tecnica a los organos y unidades organicas de la Institucion, en los temas de su responsabilidad; m) Representar a la Titular y al Primer Adjunto ante los organismos de gestion o coordinacion creados en el MORDAZA de los convenios de cooperacion internacional; n) Contribuir a la consecucion de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a traves de la programacion y ejecucion de actividades, asi como de la evaluacion del funcionamiento y gestion; o) Las demas que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. 04.3 OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO Articulo 21º.- La Oficina de Planificacion y Presupuesto es un organo de asesoramiento que depende de la Primera Adjuntia. Es el responsable de los sistemas de planeamiento operativo y presupuestal, en tal sentido, su funcion es planificar, programar, controlar y evaluar la gestion presupuestaria institucional asi como conducir el MORDAZA de seguimiento y monitoreo del Plan Operativo Institucional para el logro de los objetivos anuales de la Defensoria del Pueblo. Asimismo, es la MORDAZA instancia tecnica en materia presupuestal del pliego. La Oficina de Planificacion y Presupuesto cuenta con dos areas especializadas: el Area de Presupuesto y el Area de Planificacion.

Articulo 22º.- Son competencias del Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto: a) Formular y proponer el proyecto de Plan Operativo Institucional, en coordinacion con todos los organos y unidades organicas de la Defensoria del Pueblo; b) Realizar el seguimiento y monitoreo del Plan Operativo Institucional que coadyuven el logro de los objetivos estrategicos anuales y multianuales; c) Formular y proponer el proyecto de Presupuesto Institucional a la Titular del Pliego; d) Actuar como secretaria tecnica del MORDAZA de planificacion de la Institucion; e) Efectuar el control y evaluacion del Presupuesto del Pliego por toda fuente de financiamiento; f) Proponer al Primer Adjunto lineamientos, estrategias directivas y procedimientos que orienten el adecuado desarrollo del Plan Operativo y Presupuesto Institucional. g) Coordinar con los organos y unidades organicas de la Institucion la elaboracion de los proyectos y programas de inversion, a ser propuestos a los organismos y agencias de cooperacion tecnica internacional; h) Registrar los proyectos de inversion publica en el Banco de Proyectos de la Direccion General de Programacion Multianual del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como realizar el seguimiento de los tramites de aprobacion de los mismos; i) Proyectar resoluciones en materia de su competencia; j) Participar en el MORDAZA de formulacion y evaluacion de los convenios de cooperacion internacional y/o en la concertacion de creditos externos o internos, en el MORDAZA de su competencia; k) Actualizar el MORDAZA presupuestal, efectuar modificaciones presupuestales y solicitudes de los calendarios de compromisos a traves del Modulo de Procesos Presupuestarios del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico; l) Coordinar los aspectos referidos a las comunicaciones con los poderes publicos y demas entidades del Estado, senaladas las normas legales en materia de su competencia; m) Participar en la formulacion y elaboracion de propuestas de los instrumentos normativos de racionalizacion, en coordinacion con la Oficina de Administracion y Finanzas; n) Las demas que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. 04.4. UNIDAD DE CONFLICTOS SOCIALES Articulo 23º.- La Unidad de Conflictos Sociales es un organo de asesoramiento que depende de la Primera Adjuntia y tiene por funcion proponer la politica institucional y la ejecucion de las acciones necesarias para la atencion de los conflictos sociales. Articulo 24º.- Son competencias del Jefe de la Unidad de Conflictos Sociales: a) Hacer el seguimiento de los conflictos sociales en todo el MORDAZA a traves de la elaboracion periodica de reportes, cronologias y otros instrumentos similares, asi como proponer lineamientos generales de intervencion en el tema; b) Analizar la informacion recibida y proponer formas de actuacion en materia de conflictos sociales, en coordinacion con las Adjuntias, Programas y Oficinas Defensoriales; c) Asesorar a las Oficinas Defensoriales en materia de conflictos sociales, desplazandose en los casos que resulte necesario; d) Proponer actividades de capacitacion en materia de analisis, prevencion y manejo de conflictos sociales, en coordinacion con la Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial y la Oficina de Gestion de Recursos Humanos; e) Las demas que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto.

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