Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2006 (30/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 30 de setiembre de 2006

b) Disenar y ejecutar las politicas de seleccion de personal, en coordinacion con los organos y unidades organicas respectivas; c) Disenar y ejecutar la politica y plan de capacitacion del personal, fomentando el mejoramiento de los recursos humanos; d) Promover la motivacion e integracion, asi como las condiciones de trabajo que garanticen la salud y seguridad ocupacional; e) Proponer la elaboracion y/o actualizacion de los manuales y normas administrativas que, dentro del ambito de su competencia funcional, se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; f) Formular los contratos laborales del personal asi como los convenios de practicas preprofesionales y profesionales; g) Formular las planillas de remuneraciones de la Entidad; h) Disenar el MORDAZA de induccion de los recursos humanos que se incorporan a la Defensoria del Pueblo; i) Velar por el desarrollo de la gestion eficiente de los recursos humanos a su cargo para el logro de sus objetivos y metas; j) Elaborar el proyecto de Presupuesto Analitico de Personal (PAP) asi como el Cuadro Nominativo del Personal de la Defensoria del Pueblo, sobre la base del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP); k) Emitir resoluciones en el ambito de su competencia; l) Contribuir a la consecucion de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a traves de la adecuada programacion y ejecucion de actividades, asi como de la evaluacion del funcionamiento y gestion; m) Otras funciones que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. Articulo 32º.- La Oficina de Gestion de Recursos Humanos estara organizada en dos areas: Area de Remuneraciones y Beneficios y Area de Desarrollo y Bienestar de Personal. 05.4. OFICINA DE INFORMACION, SISTEMAS Y ESTADISTICA Articulo 33º.- La Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica es un organo de apoyo que depende de la Primera Adjuntia. Esta encargado de proporcionar a los demas organos y unidades organicas de la Defensoria del Pueblo, un permanente, oportuno y actualizado servicio de soporte informatico e informacion estadistica mediante el uso de los sistemas y herramientas que requieran para el cumplimiento de sus fines y objetivos. Articulo 34º.- Son competencias del Jefe de la Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica: a) Organizar y mantener actualizado el centro de generacion de informacion a traves de los sistemas y herramientas que MORDAZA necesarios; b) Proponer los lineamientos administrativos en materia de informacion; c) Proveer a los organos y unidades organicas de la Defensoria del Pueblo del permanente, oportuno y actualizado servicio informatico de soporte a sus operaciones; d) Presentar el Plan de Trabajo de aplicacion, produccion y seguridad informatica de hardware y software para uso de la Institucion; e) Proponer los lineamientos administrativos en materia de informaciones; f) Proponer las normas tecnicas de uso y mantenimiento de los equipos informaticos, asi como difundir y controlar su correcta aplicacion; g) Otras que le encomiende el Primer Adjunto. CAPITULO VI 06 ORGANOS DE LINEA 06.1 ADJUNTIAS Articulo 35º.- Las Adjuntias son organos de linea de la Defensoria del Pueblo que dependen de la Primera Adjuntia. Tienen por funcion orientar y asesorar a la

Titular, Oficinas Defensoriales y Modulos de Atencion en temas de actuacion defensorial de su competencia. Desarrollan labores orientadas al analisis y la formulacion de propuestas en temas cuya problematica requiere ser considerada y atendida desde una perspectiva integral, asimismo, brindan lineamientos de actuacion para el tratamiento de casos individuales a cargo de las Oficinas Defensoriales y aportan a la investigacion de los mismos cuando demanden un tratamiento especializado. Existen las siguientes Adjuntias: a) La Adjuntia para la Administracion Estatal, que cuenta con el Programa de Descentralizacion y Buen Gobierno y el Programa de Proteccion a Poblaciones Afectadas por la Violencia; b) La Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, que cuenta con el Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios y el Programa de Proteccion de Derechos en Dependencias Policiales, c) La Adjuntia para los Servicios Publicos y el Medio Ambiente, que cuenta con el Programa de Comunidades Nativas; d) La Adjuntia en Asuntos Constitucionales; e) La Adjuntia para los Derechos de la Mujer; f) La Adjuntia para la Ninez y la Adolescencia; Articulo 36º.- La conduccion de cada una de las Adjuntias esta a cargo de un Adjunto, cuyas competencias son las siguientes: a) Proponer, coordinar, supervisar y dirigir - en el ambito de su competencia - la politica institucional en materia de proteccion de derechos; b) Elaborar y proponer a la Titular, los proyectos de informe y resolucion defensorial de su competencia; c) Elaborar los informes, analisis y estadisticas correspondientes a su ambito de competencia; d) Realizar las acciones necesarias ante las autoridades, funcionarios y servidores de los organismos, entidades o empresas estatales y los representantes de las empresas prestadoras de servicios publicos para el cumplimiento de sus funciones; e) Absolver, en el ambito de su competencia especifica, las consultas que les planteen, particularmente las formuladas en el curso de sus investigaciones; f) Coordinar con aquellas instituciones que desarrollan funciones vinculadas o complementarias a la Defensoria del Pueblo; g) Emitir directivas y lineamientos de actuacion, dentro de su ambito de competencia, para la atencion de los casos individuales que se tramitan ante los organos desconcentrados de la Defensoria del Pueblo; h) Asesorar y coordinar en los temas de su competencia con los organos desconcentrados de la Defensoria del Pueblo; i) Proponer a la Alta Direccion la creacion de Programas de acuerdo a las competencias de sus respectivas Adjuntias. j) Dirigir y supervisar la actuacion de los Programas con los que cuenten. k) Contribuir a la consecucion de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a traves de la adecuada programacion y ejecucion de actividades asi como de la evaluacion del funcionamiento y gestion; l) Otras que les encomiende la Titular o el Primer Adjunto. 06.2 DIRECCION DE PROMOCION COORDINACION TERRITORIAL Y

Articulo 37º.- La Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial es un organo de linea que depende de la Primera Adjuntia y tiene por funcion proponer la politica institucional y ejecutar las acciones en materia de promocion, educacion ciudadana, articulacion con instituciones y organizaciones de la sociedad civil y desarrollo institucional, comprendiendo el despliegue territorial de la Defensoria del Pueblo. Articulo 38º.- Son competencias del Director de Promocion y Coordinacion Territorial:

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