Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2006 (30/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano sabado 30 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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a) Formular las estrategias necesarias para el fortalecimiento de las Oficinas Defensoriales; b) Proponer los lineamientos y estrategias para la sostenibilidad del despliegue territorial de la Institucion y diferentes mecanismos de atencion a la poblacion, orientados a obtener una mayor presencia de la Defensoria del Pueblo en el territorio nacional; c) Coordinar con las Oficinas Defensoriales, los contenidos tematicos a ser considerados en la programacion de actividades del Plan Operativo Institucional; d) Brindar apoyo al Primer Adjunto en la gestion de proyectos de fortalecimiento institucional que involucren a las Oficinas Defensoriales, financiados por MORDAZA de cooperacion internacional; e) Programar y ejecutar las actividades de promocion y difusion, segun corresponda, brindando apoyo organizativo y metodologico; f) Mantener coordinacion con las distintas entidades que realizan tareas formativas en apoyo a la labor que corresponde a la Defensoria del Pueblo; g) Proponer las estrategias de articulacion y coordinacion con instituciones y organizaciones de la sociedad civil, en particular con aquellas vinculadas a labores de promocion y proteccion de derechos humanos y de vigilancia ciudadana; h) Asumir la Secretaria Tecnica de supervision electoral durante los procesos electorales; i) Proponer y producir material para capacitacion y producir material de difusion impreso, radial y televisivo que permita proyectar los temas de interes y las actividades realizadas por la Defensoria del Pueblo; j) Contribuir a la consecucion de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a traves de la adecuada programacion y ejecucion de actividades, asi como de la evaluacion del funcionamiento y gestion; k) Las demas que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. CAPITULO VII 07 ORGANOS DESCONCENTRADOS 07.1 OFICINAS DEFENSORIALES Articulo 39º.- Las Oficinas Defensoriales son organos desconcentrados que dependen de la Primera Adjuntia, que se encuentran instalados en toda la Republica y operan en ambitos geograficos determinados por la Titular. Estas oficinas podran contar con Modulos de Atencion. Las Oficinas Defensoriales son: 1. Oficina Defensorial de Amazonas; 2. Oficina Defensorial de MORDAZA ; 3. Oficina Defensorial de MORDAZA 4. Oficina Defensorial de Arequipa; 5. Oficina Defensorial de Ayacucho; 6. Oficina Defensorial de Cajamarca; 7. Oficina Defensorial de Callao; 8. Oficina Defensorial del MORDAZA Este 9. Oficina Defensorial del MORDAZA Norte 10. Oficina Defensorial del MORDAZA Sur 11. Oficina Defensorial de Cusco; 12. Oficina Defensorial de Huancavelica; 13. Oficina Defensorial de Huanuco; 14. Oficina Defensorial de Ica; 15. Oficina Defensorial de Junin; 16. Oficina Defensorial de La Libertad; 17. Oficina Defensorial de Lambayeque; 18. Oficina Defensorial de Lima; 19. Oficina Defensorial de Loreto; 20. Oficina Defensorial de MORDAZA de Dios; 21. Oficina Defensorial de Moquegua; 22. Oficina Defensorial de Pasco; 23. Oficina Defensorial de Piura; 24. Oficina Defensorial de Puno; 25. Oficina Defensorial de San Martin; 26. Oficina Defensorial de Tacna; 27. Oficina Defensorial de Tumbes; 28. Oficina Defensorial de Ucayali

Articulo 40º.- La conduccion de cada una de las Oficinas Defensoriales esta a cargo de un Jefe de Oficina que dirige la actuacion defensorial en el ambito geografico de su competencia, acorde con la politica de la Defensoria del Pueblo a nivel nacional, y en el MORDAZA del sistema de planificacion, seguimiento y evaluacion institucional. Sus competencias son las siguientes: a) Dirigir, coordinar y super visar en el ambito geografico de su competencia la politica institucional en materia de proteccion de derechos a traves de la tramitacion de quejas y la atencion de petitorios o consultas; b) Conducir las investigaciones, realizando las actuaciones defensoriales necesarias para la atencion, tramitacion y solucion de quejas, correspondientes al ambito de su competencia; y determinar la existencia o no de vulneracion de derechos, en caso de que se trate de una intervencion de oficio; c) Conducir las acciones inmediatas, visitas de inspeccion y toda actuacion que promueva formulas de mediacion destinadas a la solucion de quejas y absolucion de consultas correspondientes al ambito de su competencia; d) Elaborar los informes, analisis y reportes correspondientes; e) Coordinar con las Adjuntias, a fin de conducir la politica institucional en el ambito de su competencia departamental, de modo acorde a la politica institucional nacional; f) Establecer coordinaciones y celebrar convenios previa autorizacion de la Primera Adjuntia- con instituciones y organizaciones de la sociedad civil, a fin de implementar iniciativas de participacion ciudadana, asi como acciones conjuntas de difusion y capacitacion en derechos fundamentales y constitucionales; g) Conducir e implementar la politica de despliegue territorial en sus distintas modalidades en coordinacion con la Primera Adjuntia, asi como elaborar diagnosticos y evaluaciones del ambito geografico de su competencia dirigidos a este fin; h) Contribuir a la consecucion de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a traves de la programacion y ejecucion de las actividades, asi como de la evaluacion del funcionamiento y gestion; i) Ejercer la representacion legal en procesos contenciosos administrativos y judiciales en el ambito de su competencia, asi como aquellos que expresamente se deleguen; j) Otras que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. TITULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los responsables de la Oficina de Administracion y Finanzas, de la Oficina de Gestion de Recursos Humanos y de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, deberan elaborar el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) y el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), con arreglo a lo establecido en el presente Reglamento de Organizacion y Funciones. Segunda.- Los Manuales de Operaciones de los Programas seran aprobados por la Primera Adjuntia. Tercera.- Disponer que la Primera Adjuntia efectue las acciones de personal que MORDAZA necesarias, de acuerdo a la nueva estructura organizacional del presente Reglamento de Organizacion y Funciones, en tanto se aprueben los documentos de gestion que se senalan en el articulo anterior. TITULO IV DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Reglamento de Organizacion y Funciones tendra vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion. Segunda.- Dejese sin efecto las resoluciones o disposiciones que se opongan al presente Reglamento de Organizacion y Funciones.

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