NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 59
NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329129REPUBLICADELPERU a) Formular las estrategias necesarias para el fortalecimiento de las Oficinas Defensoriales; b) Proponer los lineamientos y estrategias para la sostenibilidad del despliegue territorial de la Institución ydiferentes mecanismos de atención a la población,orientados a obtener una mayor presencia de la Defensoría del Pueblo en el territorio nacional; c) Coordinar con las Oficinas Defensoriales, los contenidos temáticos a ser considerados en laprogramación de actividades del Plan OperativoInstitucional; d) Brindar apoyo al Primer Adjunto en la gestión de proyectos de fortalecimiento institucional que involucren a las Oficinas Defensoriales, financiados por fuentes decooperación internacional; e) Programar y ejecutar las actividades de promoción y difusión, según corresponda, brindando apoyoorganizativo y metodológico; f) Mantener coordinación con las distintas entidades que realizan tareas formativas en apoyo a la labor quecorresponde a la Defensoría del Pueblo; g) Proponer las estrategias de articulación y coordinación con instituciones y organizaciones de lasociedad civil, en particular con aquellas vinculadas a labores de promoción y protección de derechos humanos y de vigilancia ciudadana; h) Asumir la Secretaría Técnica de supervisión electoral durante los procesos electorales; i) Proponer y producir material para capacitación y producir material de difusión impreso, radial y televisivo que permita proyectar los temas de interés y las actividades realizadas por la Defensoría del Pueblo; j) Contribuir a la consecución de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a través de la adecuadaprogramación y ejecución de actividades, así como dela evaluación del funcionamiento y gestión; k) Las demás que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. CAPÍTULO VII 07 ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 07.1 OFICINAS DEFENSORIALES Artículo 39º.- Las Oficinas Defensoriales son órganos desconcentrados que dependen de la PrimeraAdjuntía, que se encuentran instalados en toda laRepública y operan en ámbitos geográficos determinados por la Titular. Estas oficinas podrán contar con Módulos de Atención. Las Oficinas Defensorialesson: 1. Oficina Defensorial de Amazonas; 2. Oficina Defensorial de Ancash ; 3. Oficina Defensorial de Apurímac 4. Oficina Defensorial de Arequipa;5. Oficina Defensorial de Ayacucho;6. Oficina Defensorial de Cajamarca;7. Oficina Defensorial de Callao;8. Oficina Defensorial del Cono Este 9. Oficina Defensorial del Cono Norte 10. Oficina Defensorial del Cono Sur11. Oficina Defensorial de Cusco;12. Oficina Defensorial de Huancavelica;13. Oficina Defensorial de Huánuco;14. Oficina Defensorial de Ica; 15. Oficina Defensorial de Junín; 16. Oficina Defensorial de La Libertad;17. Oficina Defensorial de Lambayeque;18. Oficina Defensorial de Lima;19. Oficina Defensorial de Loreto;20. Oficina Defensorial de Madre de Dios; 21. Oficina Defensorial de Moquegua; 22. Oficina Defensorial de Pasco;23. Oficina Defensorial de Piura;24. Oficina Defensorial de Puno;25. Oficina Defensorial de San Martín;26. Oficina Defensorial de Tacna; 27. Oficina Defensorial de Tumbes; 28. Oficina Defensorial de UcayaliArtículo 40º.- La conducción de cada una de las Oficinas Defensoriales está a cargo de un Jefe de Oficinaque dirige la actuación defensorial en el ámbito geográficode su competencia, acorde con la política de la Defensoríadel Pueblo a nivel nacional, y en el marco del sistema deplanificación, seguimiento y evaluación institucional. Sus competencias son las siguientes: a) Dirigir, coordinar y supervisar en el ámbito geográfico de su competencia la política institucional enmateria de protección de derechos a través de latramitación de quejas y la atención de petitorios o consultas; b) Conducir las investigaciones, realizando las actuaciones defensoriales necesarias para la atención,tramitación y solución de quejas, correspondientes alámbito de su competencia; y determinar la existencia o no de vulneración de derechos, en caso de que se trate de una intervención de oficio; c) Conducir las acciones inmediatas, visitas de inspección y toda actuación que promueva fórmulas demediación destinadas a la solución de quejas y absoluciónde consultas correspondientes al ámbito de sucompetencia; d) Elaborar los informes, análisis y reportes correspondientes; e) Coordinar con las Adjuntías, a fin de conducir la política institucional en el ámbito de su competencia departamental, de modo acorde a la política institucionalnacional; f) Establecer coordinaciones y celebrar convenios - previa autorización de la Primera Adjuntía- coninstituciones y organizaciones de la sociedad civil, a finde implementar iniciativas de participación ciudadana,así como acciones conjuntas de difusión y capacitaciónen derechos fundamentales y constitucionales; g) Conducir e implementar la política de despliegue territorial en sus distintas modalidades en coordinacióncon la Primera Adjuntía, así como elaborar diagnósticosy evaluaciones del ámbito geográfico de su competenciadirigidos a este fin; h) Contribuir a la consecución de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a través de la programación y ejecución de las actividades, así comode la evaluación del funcionamiento y gestión; i) Ejercer la representación legal en procesos contenciosos administrativos y judiciales en el ámbito desu competencia, así como aquellos que expresamente se deleguen; j) Otras que le encomiende la Titular o el Primer Adjunto. TÍTULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los responsables de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina de Gestión deRecursos Humanos y de la Oficina de Planificación yPresupuesto, deberán elaborar el Cuadro de Asignaciónde Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), con arreglo a lo establecido en el presente Reglamento de Organización y Funciones. Segunda.- Los Manuales de Operaciones de los Programas serán aprobados por la Primera Adjuntía. Tercera.- Disponer que la Primera Adjuntía efectúe las acciones de personal que sean necesarias, de acuerdo a la nueva estructura organizacional del presente Reglamento de Organización y Funciones, entanto se aprueben los documentos de gestión que seseñalan en el artículo anterior. TÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Reglamento de Organización y Funciones tendrá vigencia a partir del día siguiente asu publicación. Segunda.- Déjese sin efecto las resoluciones o disposiciones que se opongan al presente Reglamento de Organización y Funciones.