Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2007 (06/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

a EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES MULTIMEDIA MORDAZA E.I.R.L., para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, comprende el distrito de Ate, de la provincia de MORDAZA, del departamento de Lima. Articulo 2º.- Ampliar el area de concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 417-2001-MTC/15.03 a EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES MULTIMEDIA MORDAZA E.I.R.L., incluyendo los distritos de Lurigancho, Chaclacayo, San MORDAZA de Lurigancho, El MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Triunfo, San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA El MORDAZA, Chorrillos, MORDAZA, MORDAZA, Independencia y Comas, de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, conforme al Anexo 1 que forma parte de la adenda a aprobarse por la presente resolucion y que reemplaza el Anexo 1 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 417-2001-MTC/15.03 modificado por Resolucion Ministerial Nº 760-2004MTC/03. Articulo 3º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la adenda a aprobarse por la presente resolucion y que reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 417-2001-MTC/15.03 modificado por Resolucion Ministerial Nº 760-2004MTC/03. Articulo 4º.- Aprobar e incorporar el Anexo 3 "Descripcion de la Red" al contrato de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 4172001-MTC/15.03 modificado por Resolucion Ministerial Nº 760-2004-MTC/03. Articulo 5º.- Aprobar la modificacion del primer parrafo del numeral 3.02 y literal d) del numeral 3.04 de la Clausula Tercera y de los numerales 6.02 y 6.11 de la Clausula Sexta del contrato de concesion aprobado con Resolucion Ministerial Nº 417-2001-MTC/15.03 modificado por Resolucion Ministerial Nº 760-2004-MTC/03. Articulo 6º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se modifica el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 417-2001-MTC/15.03, modificado por Resolucion Ministerial Nº 760-2004MTC/15.03 a fin de formalizar lo resuelto en los articulos precedentes; y autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la referida Adenda en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica de las Adendas que se suscriban. Articulo 7º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la adenda no es suscrita por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de las operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 46056-1

VISTO, el Expediente Nº 2003-022308 presentado por la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television educativa en VHF, en el distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 329-2005-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Aucayacu al distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco; Que, mediante Informe Nº 0185-2007-MTC/17.01. ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la ASOCIACION CULTURAL BETHEL cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociacion la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la administrada, la MORDAZA del proyecto de comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 329-2005-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones y su modificatoria; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) anos, para

Otorgan autorizaciones a personas juridica y natural para prestar servicios de radiodifusion por television educativa y comercial en VHF en los departamentos , de MORDAZA y Tumbes
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 099-2007-MTC/03 MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2007

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