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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (06/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de abril de 2007 343026 dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Angel Eduardo Oviedo Salas con matrícula N° N-3845 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintedencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 45656-1 RESOLUCIÓN SBS N° 354-2007 Lima, 23 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por la señora Luz Aguedita Saavedra Montenegro para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria N° 017-2006-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintedencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y sus modi fi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señora Luz Aguedita Saavedra Montenegro con matrícula N° N-3851 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 45959-1 Autorizan inscripción de la empresa Grupo Oviedo Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 346-2007 Lima, 20 de marzo de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor Gustavo Raúl Oviedo Salas para que se autorice la inscripción de la empresa GRUPO OVIEDO ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida); y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintedencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes N° 003-2007-RIAS celebrada el 2 de marzo de 2007, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa GRUPO OVIEDO ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula N° J-0680, cuya representación será ejercida por el señor Gustavo Raúl Oviedo Salas con N° de Registro N-3314. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 45654-1 Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 368-2007 Lima, 26 de marzo de 2007 La solicitud presentada por el señor Gino Andrés Carpio Ferreyra para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO.Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintedencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria N° 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintedencia de Banca y Seguros