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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de abril de 2007 343060 período de ocurrencia de los hechos) y 438º del Código Penal, respectivamente; Que, del mismo modo se dispuso la ejecución de la obra “Remodelación de la Plaza Mayor de Huanchaco”, sin contar con la autorización del Instituto Nacional de Cultura, a través de la Dirección Regional de Cultura La Libertad, a pesar que ésta comunicó a la entidad auditada sobre la trasgresión legal; habiéndose presentado a la citada entidad pública documentos conteniendo información que no se ajusta a la verdad a fi n que no se observe dicha construcción irregular, ocasionando que la misma genere una alteración paisajística del marco circundante de los ambientes urbanos monumentales colindantes, afectando su imagen tradicional; asimismo, en la ejecución de la citada obra se ha determinado, que se contrató directamente y en forma sucesiva al proveedor del servicio de mano de obra, obviando efectuar los procesos de selección que correspondían de acuerdo con los montos contratados, y que se han ejecutado gastos que no tienen sustento, por servicios no ejecutados en la obra, o que fueron ejecutados por otro contratista o por el personal de la entidad, veri fi cándose duplicidad en los pagos; ocasionando un perjuicio económico por un total de S/. 2 015,30; hechos que revelan la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad, Peculado, Negociación Incompatible con el cargo y Falsedad Genérica, previstos en los artículos 376°, 387º, 397º (vigente en el período de ocurrencia de los hechos) y 438º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del Artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del Artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 46227-3 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 116-2007-CG Lima, 3 de abril de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 008-2007-CG/GDPC de 07.MAR.2007, los O fi cios N°s 2416-2006-DIRCOCOR- PNP/DIVPACGR.E1 de 16.NOV.2006, 2519 y 2520-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E1 de 11.DIC.2006; así como, el Atestado Nº 102-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E1 de 14.NOV.2006 emitido por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, producto de las investigaciones efectuadas en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres – Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República a través del O fi cio Nº 584-2005-CG/ZC de 10.OCT.2005, designó una Comisión, con la fi nalidad de recabar información relacionada con denuncias presentadas sobre presuntas irregularidades en que habría incurrido la gestión del ex Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, durante el período comprendido entre los meses de Enero de 2003 y Setiembre de 2005; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Veri fi cación de Denuncias Nº 005-2005-CG/ ZC de 12.DIC.2005, en el cual se recoge evidencia de irregularidades en la contratación de determinada empresa privada para la prestación del servicio de limpieza pública en la jurisdicción de dicha Municipalidad, la cual se habría efectuado sin observar lo establecido por las Bases Administrativas del proceso de selección, considerando que en ellas se señaló que el pago se efectuaría según precios unitarios, sin embargo en el contrato suscrito con la referida empresa se consignó el pago por un monto fi jo mensual como contraprestación a sus servicios; dando lugar a que las conformidades de servicio respectivas se otorguen sin el sustento de los documentos de pesaje correspondientes, ocasionando perjuicio económico a la Municipalidad ascendente a la suma de S/. 1 748 351,04; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del O fi cio Nº 2416-2006-DIRCOCOR- PNP/DIVPACGR-E1 de 16.NOV.2006 a la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Condevilla - Lima, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión del delito de Colusión; ilícito previsto y sancionado por el artículo 384º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíqueseGENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 46227-5 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de PETROPERÚ S.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 115-2007-CG Lima, 3 de abril de 2007