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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2007 343409 PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde, y que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos términos y condiciones en que se otorga; Que mediante Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, de fecha 27 de febrero de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la empresa “PESQUERA MARIA MILAGROS S.R.L.”, para operar la embarcación pesquera “HUACHO 10”, de matrícula Nº IO-1093-PM, con una capacidad de bodega de 270 TM, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que con Resolución Directoral Nº 093-99-PE/DNE, del 26 de abril de 1999, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “HUACHO 10” de matrícula Nº IO-1093-PM, con una capacidad de 272.00 m3, a favor de la empresa PESQUERA OLIMPIA DEL SUR S.A., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Directoral Nº 266-2006- PRODUCE/DGEPP, de fecha 15 de agosto del 2006, se aprobó a favor de la empresa MEDITERRANEO FISH S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, para operar la embarcación pesquera “HUACHO 10”, de matrícula Nº IO- 1093-PM y 272.00 m3 de capacidad de bodega; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre de 2002, establecen que los recursos sardina, jurel y caballa, serán destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolución; Que mediante el escrito del visto, la empresa NEGOCIOS ATENEA S.A.C. solicitó el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, para operar la embarcación pesquera denominada “HUACHO 10” de matrícula Nº IO-1093-PM, en su condición de propietaria actual de la citada embarcación; Que se ha veri fi cado que NEGOCIOS ATENEA S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar a su favor el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación “HUACHO 10”; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 096-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas a través del artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006- PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa NEGOCIOS ATENEA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “HUACHO 10”, de matrícula Nº IO-1093-PM y 272.00 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a favor de la empresa “PESQUERA MARIA MILAGROS S.R.L. a través de la Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, el cambio de titular a favor de la empresa PESQUERA OLIMPIA DEL SUR S.A., aprobado con Resolución Directoral Nº 093-99-PE/DNE, así como el cambio de titular a favor de la empresa MEDITERRANEO FISH S.A.C., aprobado con Resolución Directoral Nº 266-2006-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera “HUACHO 10” con matrícula Nº IO-1093-PM. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa NEGOCIOS ATENEA S.A.C., como titular del permiso de pesca de la embarcación “HUACHO 10” de matrícula Nº IO-1093-PM, así como la presente Resolución, al literal J) del Anexo I y al Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 284-2003- PRODUCE, así como al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, respectivamente, excluyendo a la empresa “MEDITERRANEO FISH S.A.C.”, y la Resolución Directoral Nº 266-2006-PRODUCE/DGEPP, de los indicados anexos respecto de la citada embarcación. Artículo 4º.- El permiso de pesca a que se re fi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modi fi quen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 47584-7 RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0355/RE Mediante O fi cio RE (GAB) N° 0-3-A/67 el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0355/RE, publicada en la edición del 11 de abril de 2007. En el último recuadro del Artículo tercero: DICE: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos Por díaNúmero de díasTotal Viáticos US $Tarifa Aeropuerto US $ Rocio Casildo Canedo496.30 240.00 4+2 1,440.00 ... DEBE DECIR: Nombres y ApellidosPasajes US$ Viáticos Por díaNúmero de díasTotal Viáticos US $Tarifa Aeropuerto US $ Rocio Casildo Canedo496.30 240.00 3 720 ... 48044-1 SALUD Designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2007/MINSA Lima, 12 de abril del 2007