Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2007 (13/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

Articulo 4º.- El derecho administrativo concedido por la presente resolucion quedara sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Juzgado Especializado en lo Civil de Paita, debiendo consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 47584-5

General de Pesca, los articulos 52° y 53° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y del Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CHATSFORD S.A.C., autorizacion de instalacion en via de regularizacion, de su establecimiento industrial pesquero ubicado en Lotizacion Industrial Mz. B, lote 1, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. Articulo 2°.- Otorgar a CHATSFORD S.A.C. licencia de operacion para que desarrolle las actividades de procesamiento pesquero con destino al consumo humano directo, a traves de sus plantas de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero referido en el articulo precedente, con las siguientes capacidades instaladas: Enlatado Congelado : 233 cajas/turno : 5 t/dia

Otorgan a Chatsford S.A.C. licencia de operacion para procesamiento pesquero con destino al consumo humano directo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 139-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de marzo del 2007 Visto los escritos con Registro Nº 00067896 de fechas 18 de octubre y 29 de diciembre del 2006, y 2 de marzo del 2007, presentados por la empresa CHATSFORD S.A.C. CONSIDERANDO: Que los articulos 43° y 44° del Decreto Ley Nº 25977Ley General de Pesca, concordantes con el articulo 55° de su Reglamento establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion y, de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento de productos pesqueros; Que a traves de los escritos del visto, la empresa CHATSFORD S.A.C. solicita autorizacion de instalacion y licencia de operacion para sus plantas de procesamiento pesquero de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero (ex ­ Pesquera San MORDAZA S.A.), ubicado en Lotizacion Industrial Mz. B, lote 1, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que la Direccion de Medio Ambiente (ahora Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria), mediante el Oficio Nº 817-95-PE/DIREMA de fecha 27 de setiembre de 1995, otorgo calificacion favorable al Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental ­ PAMA a favor de PESQUERA SAN MORDAZA S.A.; el mismo que ha sido refrendado por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria ­ DIGAAP, con fecha 18 de octubre del 2006; y la MORDAZA de Verificacion Nº 012-2007-RODUCE/ DIGAAP de fecha 28 de febrero del 2007, que senala que la empresa CHATSFORD S.A.C. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion propuestas en el PAMA; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolos Tecnicos Sanitarios N° PSL-024-06CN-CG-SANIPES y Nº PSR-015-06-CN-CG-SANIPES, declara que los planos sanitarios y de distribucion muestran conformidad con las exigencias de diseno, y se encuentran en adecuacion con los requerimientos exigidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001PE, respectivamente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 148-2007PRODUCE/DGEPP-Dch, el cual sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en los procedimientos Nºs. 26 y 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con los articulos 43° inciso b) numeral 4 e inciso d), 44° y 46° del Decreto Ley Nº 25977- Ley

Articulo 3º.- CHATSFORD S.A.C. debera operar sus plantas de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de las actividades pesqueras. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garanticen la optima calidad de los productos finales; asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun se senala en la MORDAZA de Verificacion Nº 0122007-PRODUCE/DIGAAP del 28 de febrero del 2007; y ademas cumplir los requerimientos operativos establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobadas por Decreto Supremo N° 040-2001PE, y la MORDAZA Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos aprobado por Decreto Supremo Nº 07-2004-PRODUCE. Articulo 4°.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5°.- Incorporar a la empresa CHATSFORD S.A.C. en la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de las plantas de enlatado y congelado descritas en el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6°.-Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion ­ Ica y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 47584-6

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Negocios MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 140-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de marzo del 2007 Visto el escrito con registro Nº 00012837 de fecha 16 de febrero de 2007, presentado por la empresa NEGOCIOS MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-

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