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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2007 343411 De conformidad con la Ley N° 27261, Ley Nº 27619, Ley N° 28927, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rolando Rafael León Lasheras, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, USA, del 22 al 25 de abril de 2007, para los fi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación detallados en la parte considerativa de la presente Resolución, incluyéndose las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial con copia a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 48570-10 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para asistir a la reunión del GREPECAS que se realizará en Costa Rica RESOLUCIÓN SUPREMA N° 021-2007-MTC Piura, 12 de abril de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4° de la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, publicado el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, según el Informe N° 0164-2007-MTC/12, de fecha 21 de marzo de 2007, la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que, entre los días 16 al 20 de abril de 2007, se llevará a cabo la Decimocuarta Reunión del Grupo Regional de Plani fi cación y Ejecución del Caribe y Sudamérica (GREPECAS/14), en la ciudad de San José, Costa Rica, habiéndose designado al señor Raymundo Hurtado Paredes, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para asistir a dicha reunión; Que, dicha reunión tiene como objetivo informar sobre la acción adoptada por la Comisión de Navegación Aérea de la OACI sobre el Informe de la Reunión GREPECAS/13; examinar asuntos de coordinación y actividades ATM/CNS interregionales e intraregionales y las acciones de seguimiento por parte del GREPECAS del resultado de la Conferencia de Directores Generales de Aviación Civil y la Reunión ALLPIRG; examinar las actividades del Grupo de tarea sobre Aspectos Institucionales y los informes de las reuniones AVSEC/COMM/5, AERMET/SG/8, AGA/AOP/SG/5, AIS/MAP/SG/10, ATM/CNS/SG/5, ACG/6 y ASB/7; analizar los problemas especí fi cos de navegación aérea sobre plani fi cación e implantación en las Regiones CAR/SAM; examinar las conclusiones de las reuniones anteriores del GREPECAS y la Administración del GREPECAS, términos de referencia y programa de trabajo de sus órganos auxiliares; entre otros; Que, el costo del mencionado viaje será fi nanciado dentro del marco de Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27261, de conformidad con los términos de la Autorización de Misión Int. N° 013-03-2007, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley N° 27791, Ley N° 28927, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Raymundo Hurtado Paredes, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de San José, Costa Rica, del 15 al 21 de abril de 2007, para los fi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán fi nanciados dentro del marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de conformidad con la Autorización de Misión Int. N° 013-03-2007, de acuerdo a los siguientes términos: Pasajes Aéreos US$1,096.48 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa Uni fi cada por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo primero de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 48570-11