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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (28/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 102

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344440 aprobado con el D.S. Nº 083-2004-PCM y del Artículo 141º del Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, puesto que el servicio requerido es inherente a las funciones especí ficas de la Municipalidad, previstas en el Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, y que se viene prestando ininterrumpidamente desde el año 2003. Y se origina en la declaración de desierto del proceso en curso, por lo que no respondería a la inacción de la entidad; Que, el Artículo 146º del Reglamento citado señala que previamente al Acuerdo de Concejo que apruebe la exoneración debe emitirse obligatoriamente los informes que contengan la justi ficación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, la Gerencia de Plani ficación y Presupuesto señaló que el costo del Servicio de Asistencia Médica con Equipamiento para el año 2007, cuenta con marco presupuestal en la subespecí fica del gasto 5.3.11.39.09 Otros Servicios de Terceros, en los Rubros 09 Recursos Directamente Recaudados y 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones, correspondientes a las Fuentes de Financiamiento 02, Recursos Directamente Recaudados y 05 Recursos Determinados, respectivamente, hasta por un monto de S/. 88,508.31, según el Memorando Nº 081-2007-MDLP/GPP, emitido el 12 de marzo de 2007, antes de convocar al proceso de selección respectivo, por lo que la Unidad de Logística deberá descontar del Valor Referencial que formará parte del expediente de contratación para la Segunda Convocatoria del Proceso de Selección ADS Nº 001-2007-CEP-Servicios, para la contratación del Servicio de Asistencia Médica con Equipamiento, el monto de la presente exoneración, a fin de no superar el monto presupuestado; De acuerdo a lo expuesto y con los informes de la Gerencia de Administración, de Desarrollo Humano, de la Unidad de Logística, que conjuntamente con el Informe Nº 103-2007-MDLP/GAL, completan el requerimiento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante DD.SS. Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente al amparo del Artículo 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, con la asistencia de todos los miembros, se Aprobó por Unanimidad, con dispensa de lectura y aprobación de actas, lo siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Asistencia Médica con Equipamiento por el período de dos (2) meses, contados a partir de la suscripción del contrato respectivo y por un monto de hasta S/. 17,424.46. Artículo Segundo.- Exonerar la contratación del Servicio de Asistencia Médica con Equipamiento del Proceso de Selección respectivo, debiendo observarse lo prescrito en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el Diario O ficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su emisión y la remisión del Acuerdo, conjuntamente con los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083- 2004-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Logística la publicación de este Acuerdo a través del SEACE y el cumplimiento del mismo. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 54090-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente al programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 010-2007-MPC Cajatambo, 29 de enero del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 29 de enero del 2007, con la asistencia del Alcalde Miguel Ángel Carlos Castillo y los señores Regidores Marco Antonio Luna Rosales, Srta. Gladys Ibeth Santos Fernández, Sra. Lucila Bertha Arce Cayetano, Sr. Ángel Ríos Mendoza, Sr. Leonardo Agapito Olave Cueva, se trató como agenda: “Declarar en situación de desabastecimiento inminente al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajatambo”. CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados conforme a Ley son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia conforme a lo previsto en el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Premilitar de la Ley N° 27972 “Orgánica de Municipalidades”. Que, mediante Informe N° 14-2007-ABAST-MPC de la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, pone en conocimiento al Concejo Municipal que por razones de las consecuencias lluvias que atravesaba la provincia de Cajatambo perjudicó la interrupción de la carretera con huaycos, donde no se pudo tener reuniones con los bene ficiarios del Programa del Vaso de Leche con la finalidad de actualizar el Padrón de bene ficiarios y la conformación del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche para el período 2007, Que, el amparo de lo prescrito en los Artículos 19°, 20° y 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 083-04-PCM, concordante con el Artículo 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el encargado de los Abastecimientos solicita se declare en situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE al Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, por estar comprendido en el bene ficio derivado a lo establecido en el inciso c) del Artículo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que consiste en la exoneración de procesos de selección en situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, resaltando que se deben cumplir con las formalidades de los procedimientos no sujetos al proceso de selección por lo que esta exoneración deberá aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, previo sustento con el Informe técnico y será publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia de dicho acuerdo e informe técnico que lo sustenta a la Contraloría General de la República y al COSUCODE, bajo responsabilidad del pliego en los 10 días hábiles siguientes a su aprobación; Estando a lo expuesto y con el voto por unanimidad de los señores regidores presentes y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, en situación de Desabastecimiento Inminente al programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajatambo