TEXTO PAGINA: 88
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2007 344426 Regional Lambayeque, Dr. Yehude Simon Munaro, a la ciudad de Taboao da Serra en la región metropolitana de Sao Paulo - República Federal de Brasil aprobada por Acuerdo Regional Nº 041-2007-GR.LAMB./CR, precisándose que la misma comprenderá los días del 3 al 6 de mayo del presente año, modi ficándose en este extremo el Acuerdo Regional citado. Artículo Segundo.- PUNTUALIZAR que los gastos que demande el viaje en comisión de servicios a que se re fiere el Artículo Primero de la presente disposición regional, serán cubiertos por la entidad organizadora, razón por la que el mismo no demandará mayores gastos al Gobierno Regional de Lambayeque que no sean los gastos tributarios ordinarios correspondientes a salida al exterior. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O ficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS ELPIDIO BECERRA ARRIBASPLATA Consejero Delegado 54543-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Dejan sin efecto resoluciones y disponen respetar los derechos adquiridos por los profesores que han participado en las reasignaciones del año 2007 de la Unidad de Gestión Educativa San Román ACUERDO REGIONAL N° 010-2007-CR PUNO Puno 8 de marzo de 2007 VISTOSEl acta de Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Gobierno Regional de Puno, celebrada el 7 de marzo de 2007, con el voto de mayoría simple de sus integrantes y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad a la Resolución Gerencial Regional N° 032-2007-GR. DS-GR PUNO, de fecha 22 de febrero 2007, declara nulo el proceso de reasignaciones del año 2007 efectuado en la Unidad de Gestión Educativa local San Román, hasta el estado que el Director de la UGEL San Román designe una nueva comisión, integrada por miembros idóneos y otros que contiene en el dispositivo señalado. La Resolución Gerencial Regional N° 033-2007- GR. DS-GR PUNO, de fecha 2 de marzo del 2007, que indica modi ficar el artículo primero de la Resolución Gerencial Regional N° 032-2007-GR. DS-GR PUNO, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: “DISPONER que la Unidad de Gestión Educativa Local San Román, en coordinación con la Dirección Regional de Educación Puno, designe una Comisión integrada por miembros idóneos que efectúe la revisión del proceso de reasignaciones 2007 en el ámbito de la UGEL San Román, quienes deberán tener a su cargo recomendar la convalidación de las reasignaciones enmarcadas dentro de la legalidad y corrección, y recomendar la invalidación de las reasignaciones que tienen vicios de irregularidades”.Conforme se ha analizado y debatido las Resoluciones Gerencial Regional N° 032, 033-2007-GR. DS-GR PUNO, y los o ficios N° 122-2007-GR. PUNO/GRDS, O ficio N° 0602-2007-ME-DREP/OAD-UP, en Sesión de Consejo Regional de fecha 7 de marzo del 2007, concordando con las Normas Legales vigentes, se ha encontrado irregularidades en la dación y trámite de las normas señaladas. De conformidad al Informe N° 012-2007-ME-DREP- CCI, presentado por la comisión de veri ficación del proceso de reasignaciones correspondientes al año 2007 en el ámbito de la UGEL San Román, en la parte de conclusiones indica que el proceso de reasignaciones en la modalidad de adultos, ejecutados por la Comisión de Reasignaciones del año 2007 de la UGEL San Román, ha sido irregular, infringiendo la R.M. N° 1174-91-ED, la Directiva N° 001-2007-ME-DREP-OAD-UP, y la Directiva N° 006-2007-ME-DREP-OAD-UP. Que, de conformidad al artículo 15° literal a., es atribución del Consejo Regional “Aprobar, modi ficar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modi ficatoria Ley N° 27902. ACUERDA:Artículo Primero.- Se deja sin efecto las Resoluciones Gerenciales Regionales N°s 032-2007-GR.DS.GR PUNO y 033-2007-GR. DS-GR PUNO. Artículo Segundo.- Se respete los derechos adquiridos por los profesores que han participado en las reasignaciones del año 2007 de Unidad de Gestión Educativa Local San Román, que no se encuentran inmersos en las irregularidades y se sancione a los responsables indicados en el Informe N° 012-2007-ME-DREP-CCI. Artículo Tercero.- Dispensar, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS BALDÁRRAGO ABARCA Consejero Delegado del Consejo Regional Puno 54030-1 Autorizan viaje de Presidente del Gobierno Regional a Bolivia y Venezuela ACUERDO REGIONAL Nº 014-2007-CR-PUNO Puno, 26 de abril de 2007VISTO:Vistos, el Acta de Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, celebrada el día 26 de abril de 2007, con el voto mayoría de sus integrantes; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado, considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 7º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modi ficado por la Ley Nº 27902, establece y de fine las relaciones de cooperación y coordinación de los Gobiernos Regionales y de éstos con otros niveles de Gobierno;