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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (02/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350610 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Sipán S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito de Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo RESOLUCIÓN SBS Nº 1030-2007 Lima, 26 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTODE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Sipán S.A. para que se le autorice el traslado de su Agencia ubicada en la avenida Jhon F. Kennedy Nº 730 del distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque a un nuevo local ubicado en la avenida El Dorado N° 1229 - 1233, distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque; y, CONSIDERANDO:Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca lo solicitado, en tanto el traslado de la agencia será dentro del mismo departamento, provincia y distrito; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “A” mediante Informe Nº 145- 2007-DEM “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular N° CR-0203-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Sipán S.A. el traslado de su Agencia ubicada en la avenida Jhon F. Kennedy Nº 730 del distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque a un nuevo local ubicado en la avenida El Dorado Nº 1229 - 1233, distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 90925-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L