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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350609 Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de agencias en las ciudades de Chiclayo y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1000-2007 Lima, 20 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de dos (2) Agencias, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “A” mediante los Informes Nº 118-2007-DEB “A” y Nº 119-2007-DEB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú para la apertura de dos (2) Agencias ubicadas en la Av. Miguel de Cervantes (C.C. Real Plaza), distrito de Chiclayo, ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque; y en la Av. José Pardo Nº 102 esquina Oscar R. Benavides, en el distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 90399-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Sur S.A.A. - CAJASUR la apertura de agencias en la provincia de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 1013-2007 Lima, 24 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Del Sur S.A.A. - CAJASUR, para que se le autorice la apertura de tres agencias ubicadas en los distritos de José Luis Bustamante y Rivero, Cerro Colorado y Socabaya de la provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO:Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca las autorizaciones de las aperturas solicitadas; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “A”, mediante Informe Nº 144- 2007-DEM “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, la Circular Nº CR-203-2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Del Sur S.A.A. - CAJASUR la apertura de tres agencias en la provincia y departamento de Arequipa, ubicadas respectivamente en: Ɣ Urbanización Vista Hermosa, Manzana D, Lote 1 del distrito de José Luis Bustamante y Rivero. Ɣ Mercado Mayorista de Río Seco, Block C, Sección 10, distrito de Cerro Colorado. Ɣ Av. Socabaya Nº 405, Urbanización San Martín de Socabaya del distrito de Socabaya. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 90391-1 Autorizan a Edpymes Créditos de Alcance Regional Arequipa S.A. la apertura de agencia en el distrito de Puente Piedra, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1014-2007 Lima, 24 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Edpymes Créditos de Alcance Regional Arequipa S.A. - EDPYME Crear Arequipa para que se le autorice la apertura de una (1) agencia ubicada en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la EDPYME Crear Arequipa, en sesión de Directorio del 3.7.2007, aprobó la apertura de la Agencia Puente Piedra en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “C”, mediante Informe Nº 153- 2006-DEM “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, y en la Circular Nº EDPYME 118-2005, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Edpymes Créditos de Alcance Regional Arequipa S.A. - EDPYME Crear Arequipa la apertura de Agencia ubicada en la Carretera Panamericana Norte, Lote 12 - Mza. C, Urbanización Santo Domingo de Puente Piedra, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 90946-1