Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (04/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de agosto de 2007 350775 Ingresos (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2007 del Pliego 080 Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, el Artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su acápite 75.3 mani fi esta que las Transferencias Financieras que se efectúen conforme a lo dispuesto en convenios de cooperación técnica o económica se sujetan a lo establecido en dichos convenios, de acuerdo a lo señalado en el artículo 68º de la referida Ley; Que, mediante primer documento de Vistos, el Proyecto PRODELICA solicita a la APCI se efectúen las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales de la Libertad y Cajamarca, respectivamente, por las sumas de S/. 188,878.00 y S/. 572,218.00, respectivamente, para el mes de julio del presente año, indicando que se debe considerar el saldo restante que corresponde otorgar por Contrapartida Nacional en mérito al compromiso asumido por el Gobierno Peruano mediante el Convenio de Financiación Nº PER.B7-310-IB/97/238; Que, mediante segundo documento de Vistos, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, ha manifestado que se cuenta con la disponibilidad respectiva para las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales de la Libertad y Cajamarca, respectivamente, por las sumas de S/. 56,112.00 y S/. 453,978.00, para el presente mes de julio de acuerdo a las programaciones establecidas por los referidos Gobiernos Regionales; Con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor de los Gobiernos Regionales de La Libertad y Cajamarca, respectivamente, sobre los recursos autorizados mediante Ley Nº 28927 hasta por la suma de S/. 510,090.00 (Quinientos Diez Mil Noventa y 00/100 Nuevos Soles) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA : SECCIÓN : GOBIERNO NACIONAL PLIEGO : 080 Agencia Peruana de Cooperación Internacional UNIDAD EJECUTORA : 001 Agencia Peruana de Cooperación Internacional FUENTE DEFINANCIAMIENTO : 00 Recursos Ordinarios S/. 510,090.00 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 510,090.00 7. Otros Gastos de Capital S/. 510,090.00 A LA: CONVENIO DE FINANCIACIÓN : PER/B7-310-IB/97/238 SECCIÓN : GOBIERNO REGIONALPLIEGO : 451 Gobierno Regional del Departamento de la Libertad UNIDAD EJECUTORA : 001 Sede La LibertadFUENTE DEFINANCIAMIENTO : 13 Donaciones y Transferencias 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 56,112.00 5. Inversiones S/. 56,112.00A LA:CONVENIO DE FINANCIACIÓN : PER/B7-310-IB/97/238 SECCIÓN : GOBIERNO REGIONALPLIEGO : 445 Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca UNIDAD EJECUTORA : 001 Sede CajamarcaFUENTE DEFINANCIAMIENTO : 13 Donaciones y Transferencias 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 453,978.00 5. Inversiones S/. 453,978.00 TOTAL S/. 510,090.00 Artículo Segundo.- La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos de los Gobiernos Regionales de La Libertad y Cajamarca, respectivamente, comunicarán a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional la incorporación a su pliego presupuestal de los recursos que le sean transferidos, según la presente Resolución, conforme a la estructura funcional Programática. Artículo Tercero.- La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego de cada Gobierno Regional instruye a la(s) Unidad (es) Ejecutora(s) para que elabore(n), las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. AGUSTÍN HAYA DE LA TORRE Director Ejecutivo 92039-1 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen la inscripción de acciones representativas del capital social de Owens - Illinois Perú S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 026-2007-EF/94.06.3 Lima, 18 de julio de 2007VISTOS:El expediente Nº 2006029981, así como el Informe Interno Nº 0443-2007-EF/94.06.3, del 18 de julio de 2007, de la Dirección de Emisores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 118-88- EF/94.10 del 26 de agosto de 1988, se autorizó la inscripción en la Bolsa de Valores de Lima de las acciones laborales, hoy acciones de inversión, emitidas por Vidrios Industriales S.A., hoy Owens-Illinois Perú S.A., las mismas que conforme a lo establecido en la Resolución CONASEV Nº 181-92-EF/94.10, fueron inscritas en el Registro Público de Valores e Intermediarios, hoy Registro Público del Mercado de Valores. Que, en Junta General de Accionistas de Owens-Illinois Perú S.A., celebrada el 31 de enero de 2006, se acordó por unanimidad de los asistentes incorporar a negociación bursátil las acciones representativas del capital social de la empresa;