Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2007 (07/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de agosto de 2007

Tercera.- Las denuncias presentadas con anterioridad a la vigencia del presente Reglamento se adecuaran a las disposiciones de este en el estado en que se encuentren. 92793-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Reglamento que MORDAZA la realizacion de las Audiencias Publicas 2007-2010 en el Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL N° 183 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, es atribucion del Consejo Regional normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. "a", de la Ley N° 27867 que senala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. "a" del Art. 37º del acotado cuerpo normativo; por consiguiente es competencia del Consejo Regional la aprobacion de normas de alcance regional que regulen las actividades y/o programas que el Gobierno Regional en el ejercicio de sus funciones le corresponde implementar, como parte de su politica de gestion; como es el caso del Reglamento que MORDAZA la realizacion de las Audiencias Publicas en el Gobierno Regional; Que, el Art. 2º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Descentralizacion, declara que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Reglamento que MORDAZA la Realizacion de las Audiencias Publicas 2007-2010 en el Gobierno Regional de Amazonas, objeto de la presente, ha sido actualizado delineando los procedimientos necesarios que conlleva la ejecucion de esta actividad, mediante la cual el Presidente Regional rinde cuenta periodicamente de la gestion de este Organismo Regional y sus entes componentes, en aplicacion al Art. 24º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, promoviendo y facilitando la participacion democratica y responsable de la ciudadania, en pro del logro del desarrollo integral y sostenible del ambito regional; Que, habiendose puesto a consideracion del Consejo Regional el Reglamento actualizado de Audiencias Publicas y estando a lo acordado en Sesion Ordinaria Nº 011 de fecha 18 de MORDAZA del 2007; en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37º, Inc. a), concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento que MORDAZA la Realizacion de las Audiencias Publicas 2007-2010 en el Gobierno Regional de Amazonas, el mismo que consta de quince (15) Articulos, X Capitulos, II Disposiciones Complementarias y II Disposiciones Transitorias y Finales y que forma parte de la presente.

Articulo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza Regional Nº 036-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 23 de junio del 2004, que aprueba el Reglamento que MORDAZA la Realizacion de las Audiencias Publicas 2004-2006 en el Gobierno Regional Amazonas. Articulo Tercero.- DISPONER su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los 23 dias del mes de MORDAZA de 2007. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 92724-1

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban Ordenanza Regional para el otorgamiento de certificacion de clasificacion y categorizacion de establecimientos de hospedaje
ORDENANZA REGIONAL Nº 008 Callao, 24 de MORDAZA de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesion de 24 de MORDAZA de 2007, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680 - la Ley de Bases de Descentralizacion ­Ley Nº 27783-, la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902, la Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales -Ley Nº 28273-, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICACION DE CLASIFICACION Y CATEGORIZACION DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE CONSIDERANDO: Que, es necesario incorporar en el MORDAZA del Gobierno Regional del Callao, los distintos procedimientos administrativos que se derivan de los diferentes Sectores transferidos como resultado del MORDAZA de transferencia de funciones amparados en el MORDAZA legal y administrativo que rige el MORDAZA de descentralizacion; Que, el numeral 44.1 del articulo 44º de la Ley Nº 27444, regula el pago por derecho de tramitacion, cuyos costos comprenden los gastos de operacion y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento, donde los numerales 38.5 y 38.1 del articulo 38º establecen lo referente a la creacion de nuevos procedimientos, una vez aprobado el MORDAZA y el numeral 17.1 del articulo 17º regula la eficacia anticipada del acto administrativo del mismo cuerpo legal; Que, visto el Proveido Nº 646-2007 ­ REGION CALLAO/GAJ de 7 de MORDAZA de 2007 mediante el cual la Gerencia de Asesoria Juridica remite, el informe Nº 888-

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