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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (07/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de agosto de 2007 350930 Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 038-2007-DV-GG del 17 de mayo del 2007 se designa al Comité Especial para que se haga cargo de la organización, conducción y ejecución desde la preparación de las Bases hasta que la Buena Pro quede consentida, del proceso bajo la modalidad de Concurso Público para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para la Sede Central de DEVIDA; Que, mediante Informe Nº 046-2007-DV-GAI-LOG- LRC del 30 de mayo del 2007 se determinó el monto referencial ascendente a S/. 445,085.00; Que, mediante Memorando Nº 0795-2007-DV-GAI- LOG del 30 de mayo del 2007 la Unidad de Logística solicita disponibilidad presupuestal el mismo que fue respondida el 4 de junio del 2007 mediante Informe Nº 276-2007-DV-GAI/PPTO, consignando la suma de S/. 185,452.00 para el periodo agosto a diciembre del 2007 y la suma de S/. 259,633.00 como previsión presupuestal para el periodo enero a julio del 2008; Que, mediante Memorando Nº 823-2007-DV-GAI-LOG del 05 de junio del 2007 y Memorando Nº 0897-2007-DV-GAI del 08 de junio del 2008 se solicita a la Gerencia General la aprobación del Expediente de Contratación, el mismo que se aprobó mediante Memorando Nº 380-2007-DV-GG del 13 de junio del 2007 y remitido al Comité Especial el 14 de junio del 2007 para que se encargue de llevar a cabo el Concurso Público respectivo; Que, mediante Carta Nº 001-2007-DV-CE-SSV del 18 de junio del 2007 el Comité Especial presentó recomendaciones relacionadas con el estudio de mercado, el valor referencial y algunas precisiones en las especi fi caciones técnicas, las cuales fueron trasladadas por la Unidad de Logística mediante Memorando Nº 0892-2007-DV-GAI-LOG del 20 de junio del 2007 a la O fi cina de Seguridad; Que, mediante Memorando Nº 026-2007-DV-OS del 20 de junio del 2007 la O fi cina de Seguridad remite a la Unidad de Logística los Términos de Referencia modi fi cados y mediante el Informe Nº 052-2007-DV-GAI- LOG-LRC del 17 de julio del 2007 se determina el nuevo valor referencial de S/. 444,243.90; Que, fi nalmente, la Ayuda Memoria referida señala que mediante Memorando Nº 1040-2007-DV-GAI-LOG del 17 de julio del 2007 y Memorando Nº 1108-2007-DV-GAI del 18 de julio del 2007, se solicitó la aprobación del Expediente de Contratación, lo cual se realizó mediante Memorando Nº 454-2007-DV-GG del 18 de julio del 2007 de la Gerencia General, habiéndose derivado el Expediente de Contratación al Comité Especial para que continúe con el proceso correspondiente, el mismo que, considerando los nuevos plazos del proceso de selección aprobado mediante Decreto Supremo Nº 107-2007-EF publicado el 20 de julio del 2007 y que la Convocatoria se realizaría aproximadamente el 8 de agosto del 2007, el proceso culminaría en tres (3) meses adicionales, es decir, el contrato se suscribiría a mediados del mes de noviembre, fuera del plazo de culminación del Contrato Nº 056-2006; Que, el Informe Nº 087-2007-DV-GAI-LOG señala que ante esta situación, la Unidad de Logística evaluó la suscripción de un Contrato Complementario al amparo del artículo 236 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con la fi nalidad de evitar el desabastecimiento del servicio de seguridad y vigilancia referido, lo cual, no será posible porque la empresa Burgos Servis SAC se encuentra inhabilitada para suscribir con el Estado, según consta de reporte obtenido del SEACE; Que, el Informe Legal Nº 042-2007-DV-GAL señala que conforme al artículo 21 citado la situación de desabastecimiento inminente debe ser considerada extraordinaria e imprevisible desde el punto de vista de los fi nes de DEVIDA, siendo que ésta no enerva las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiese originado la presencia o con fi guración de la causal de desabastecimiento pues, la fi nalidad de esta causal de exoneración del proceso de selección es proteger y resguardar la buena marcha institucional más allá de los actos y resultados de la gestión pública ejercida a través de los funcionarios y servidores de la Entidad; Que, asimismo el artículo citado exige que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial;Que, el Informe Legal referido señala que la declaración de desabastecimiento inminente tiene por objetivo prevenir un riesgo futuro, cuyo acontecimiento pondría en peligro la continuidad de las operaciones de la Entidad. Es decir, se trata de resguardar un interés superior, de fi n público, consistente en prevenir futuras consecuencias negativas para la Entidad que pudieran generarse por el desabastecimiento de servicio o bien determinado que perjudicarían el normal desarrollo de sus operaciones, sin perjuicio de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o con fi guración de dicha causal; Que, el Informe Legal referido señala que, en el presente caso, el Informe Técnico Nº 001-2007-DV-OS del 24 de julio del 2007 emitido por la O fi cina de Seguridad, que integra el Informe Nº 087-2007-DV-GAI-LOG, expone los riesgos para DEVIDA si no se adoptan las medidas necesarias para contar con un servicio de seguridad y vigilancia privada, recomendando que se contraten los servicios referidos para las instalaciones interiores y exteriores, así como de su patrimonio en la Sede Central de DEVIDA con el carácter de urgente, a partir del 06 de agosto hasta que concluya el proceso de selección, a fi n de neutralizar y/o eliminar los problemas que se pudieran presentar en materia de seguridad; Que, el Informe Legal referido señala que, conforme a lo expuesto, la ausencia del servicio de seguridad y vigilancia en la Sede Central de DEVIDA compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que DEVIDA tiene a su cargo de manera esencial; Que, el Informe Nº 087-2007-DV-GAI-LOG señala que la contratación vía exoneración será por el periodo de tres (3) meses, o hasta que se suscriba el contrato derivado del citado proceso y; que el monto referencial total asciende a la suma de S/. 78,000.21 (Setenta y ocho mil y 21/100 nuevos soles), siendo la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias – USAID; Que, el Informe Legal Nº 042-2007-DV-GAL de la Gerencia de Asesoría Legal opina que teniendo en cuenta las consideraciones expuestas por la Unidad de Logística, la Declaración en Situación de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Sede Central de DEVIDA, es procedente, por que los hechos informados se ajustan a los supuestos que la norma establece en el artículo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia General, la Gerencia de Administración e Informática y la Gerencia de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de DEVIDA aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; por los artículos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, los artículos 141º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en Situación de Desabasteci- miento Inminente el servicio de seguridad y vigilancia de la sede central de DEVIDA, por el plazo de tres (3) meses o hasta que se suscriba el nuevo contrato, lo que ocurra primero, de conformidad con el literal c) del artículo 19 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente para el servicio de seguridad y vigilancia de la Sede Central de DEVIDA hasta por la suma de S/.78,000.21 (Setenta y ocho mil y 21/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias - USAID, a fi n que la Unidad de Logística de la Gerencia de Administración e Informática realice en forma inmediata las acciones correspondientes para proceder a la contratación en forma directa del citado servicio, materia de la presente Resolución, de acuerdo a lo previsto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración e Informática, la publicación de la presente Resolución en