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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (07/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de agosto de 2007 350926 VIVIENDA Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de “Mejorando Mi Pueblo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 392-2007-VIVIENDA Lima, 3 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 304-2005- VIVIENDA, se designó al señor César Lama More, como Director Ejecutivo de “Mejorando Mi Pueblo”; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, la que es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27792; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor César Lama More, como Director Ejecutivo de “Mejorando Mi Pueblo”, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 92811-1 ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aceptan renuncia de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 046-2007/DP Lima, 6 de agosto de 2007.VISTO:El Memorando Nº 594-2007-DP/OGRH que adjunta el Memorando Nº 822-2007-DP/PAD, mediante el cual se solicita la elaboración del proyecto de resolución que acepta la renuncia de la Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo y da por concluida la encargatura como Adjunta para la Administración Estatal; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162° de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial N° 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 016-2006/ DP se designó a la abogada Denise Ledgard Antúnez de Mayolo, en el cargo de con fi anza de Asesora II del antes denominado Órganos de Dirección de la Defensoría del Pueblo, con Categoría y Nivel D7, en la Plaza 225, a partir del 16 de marzo del 2006; y asimismo, se le encomendó las funciones de la titular de la Adjuntía para la Administración Estatal;Que, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, debido a que realizará estudios de maestría en Políticas Públicas en la Universidad de California, Berkeley, San Francisco, Estados Unidos de Norteamérica; Que, la citada renuncia, resulta conforme a lo dispuesto por el literal b) del artículo 16º y por el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y, en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia de la abogada Denise LEDGARD ANTUNEZ DE MAYOLO, al cargo de con fi anza de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Categoría y Nivel D7, en la actual Plaza 026, con efectividad al 1º de agosto del 2007, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de funciones como Adjunta para la Administración Estatal que venía ejerciendo la precitada asesora, con efectividad al 1º de agosto del 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 93153-1 Designan Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 047-2007/DP Lima, 6 de agosto de 2007VISTO:El Acta de resultados, de fecha 1º de agosto del presente año, presentada a la Defensora del Pueblo por los tres miembros de la Comisión Especial encargada del proceso de selección del Adjunto o Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 26520 establece que la Defensora del Pueblo estará auxiliada por Adjuntos que la representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le con fi ere, quienes serán seleccionados mediante concurso público, según las disposiciones que señale el reglamento que se apruebe para este fi n; Que, mediante la Resolución Defensorial Nº 027-2007/ DP se aprobó el “Reglamento para el Concurso Público de Selección del Adjunto o Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo” y se convocó la participación de la ciudadanía en el concurso regulado por éste; Que, asimismo, para el proceso de selección del Adjunto o Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo se dispuso la conformación de una Comisión Especial integrada por tres miembros de reconocida trayectoria profesional, prestigio personal e