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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de agosto de 2007 350928 seleccionados mediante concurso público, según las disposiciones que señale el reglamento que se apruebe para este fi n; Que, mediante la Resolución Defensorial Nº 021-2007/ DP se aprobó el “Reglamento para el Concurso Público de Selección del Adjunto o Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo” y se convocó la participación de la ciudadanía en el concurso regulado por éste; Que, asimismo, para el proceso de selección del Adjunto o Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo se dispuso la conformación de una Comisión Especial integrada por tres miembros de reconocida trayectoria profesional, prestigio personal e independencia, habiéndose designado para este fi n a la licenciada Cecilia Blondet Montero, al Excelentísimo Monseñor Javier Del Río Alba y al doctor Guido Cornale; Que, mediante la Resolución Defensorial Nº 035-2007/ DP se designó a la doctora Virginia Baf fi go de Pinillos, en sustitución de la licenciada Cecilia Blondet Montero, quien presentó su renuncia a integrar la Comisión Especial encargada del proceso de selección del Adjunto o de la Adjunta para la Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo; Que, de conformidad con el artículo 9º del Reglamento aprobado por la Resolución Defensorial Nº 021-2007/DP, los tres miembros de la Comisión Especial han cumplido con presentar el Acta que contiene el puntaje total de los postulantes seleccionados que participaron en el concurso público, con expresa mención del orden de méritos y asimismo, han presentado la terna de los fi nalistas para que se designe a quien habrá de ocupar el cargo de Adjunto o Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo; Que, entre los fi nalistas que conformaron la referida terna presentada a la Defensora del Pueblo, fue elegido el abogado Jorge Juan Martín Valencia Corominas, quien ha realizado estudios de maestría en Ciencia Política en la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, así como también cuenta con una amplia y reconocida experiencia profesional en importantes entidades de la Administración Pública y en instituciones privadas dedicadas a la defensa de los derechos de los niños y los adolescentes; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las o fi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Plani fi cación y Presupuesto, de Asesoría Jurídica y de Administración y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por el artículo 7° y numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y en concordancia con los literales d) y h) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP y con los artículos 9° y 10° del Reglamento para el Concurso Público de Selección del Adjunto o Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 021-2007/DP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, en el cargo de Adjunto para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo al abogado Jorge Juan Martín VALENCIA COROMINAS, con Categoría y Nivel D8, Plaza 248, a partir del 13 de agosto del 2007. Artículo Segundo.- AGRADECER a los miembros de la Comisión Especial a que se re fi ere la parte considerativa de la presente resolución, por los importantes servicios prestados a la Defensoría del Pueblo. Artículo Tercero.- DAR por concluido el proceso de selección del Adjunto o Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 93153-4REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan apertura de Oficinas Registrales Auxiliares implementadas en diversos hospitales de las Jefaturas Regionales de Trujillo, Ayacucho, Puno e Ica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 658-2007-JNAC/RENIEC Lima, 25 de julio de 2007VISTOS: el O fi cio Nº 003209-2007/GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales, el O fi cio Nº 0054-2007/PAHVH emitido por el Programa de Atención de Hechos Vitales en Hospitales de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000955-2007/GAJ/RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las o fi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modi fi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada o fi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación, supresión de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población, etc.; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 439-2007/ JEF/RENIEC publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16MAY07, se dispuso autorizar la implementación de O fi cinas Registrales en los hospitales del MINSA y EsSalud, donde se efectuarán las inscripciones de los nacimientos y defunciones que ocurran en los nosocomios a cargo de dichas instituciones; así como, la tramitación del DNI a los recién nacidos y menores de edad; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el referido acto administrativo, el Jefe del Programa de Atención de Hechos Vitales en Hospitales de la Gerencia de Operaciones Registrales, propone la apertura de las Ofi cinas Registrales Auxiliares implementadas en los Hospitales Docente (Trujillo), Victor Lazarte E. (Trujillo), Regional de Ayacucho (Ayacucho), Regional Manuel Núñez Butrón (Puno) y Departamental de Ica (Ica); Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM y el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 050-2007/JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de las Ofi cinas Registrales Auxiliares implementadas en los Hospitales Docente (Trujillo), Victor Lazarte E. (Trujillo), Regional de Ayacucho (Ayacucho), Regional Manuel Núñez Butrón (Puno), a cargo de las Jefaturas Regionales de Trujillo, Ayacucho y Puno respectivamente, cuyo inicio de actividades se llevará a cabo el 25 de julio de 2007. Artículo Segundo.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar implementada en el Hospital Departamental de Ica, a cargo de la Jefatura Regional Ica, cuyo inicio de actividades se llevará a cabo el 6 de agosto de 2007. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Imagen Institucional, la