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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de agosto de 2007 350927 independencia, habiéndose designado para este fi n a los economistas Patricia Teullet Pipoli y Fernando Zavala Lombardi y al doctor Jorge Danós Ordoñez; Que, de conformidad con el artículo 9º del Reglamento aprobado por la Resolución Defensorial Nº 027-2007/DP, los tres miembros de la Comisión Especial han cumplido con presentar el Acta que contiene el puntaje total de los postulantes seleccionados que participaron en el concurso público, con expresa mención del orden de méritos y asimismo, han presentado la terna de los fi nalistas para que se designe a quien habrá de ocupar el cargo de Adjunto o Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo; Que, entre los fi nalistas que conformaron la referida terna presentada a la Defensora del Pueblo, fue elegida la abogada Susana Silva Hasembank, quien ha realizado estudios de maestría en Derecho Aplicado al Desarrollo en la Universidad de Warwick, Inglaterra, así como también cuenta con una amplia y reconocida experiencia en importantes entidades de la Administración Pública y en instituciones privadas dedicadas a la defensa de los derechos humanos; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las o fi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Plani fi cación y Presupuesto, de Asesoría Jurídica y de Administración y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por el artículo 7° y numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y en concordancia con los literales d) y h) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP y con los artículos 9° y 10° del Reglamento para el Concurso Público de Selección del Adjunto o Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 027-2007/DP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, en el cargo de Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo a la abogada Susana SILVA HASEMBANK, con Categoría y Nivel D8, Plaza 149, a partir del 7 de agosto del 2007. Artículo Segundo.- AGRADECER a los miembros de la Comisión Especial a que se re fi ere la parte considerativa de la presente resolución, por los importantes servicios prestados a la Defensoría del Pueblo. Artículo Tercero.- DAR por concluido el proceso de selección de Adjunto o Adjunta para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 93153-2 Aceptan renuncia de Asesora III del Despacho de la Defensora del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 048 - 2007/DP Lima, 6 de agosto de 2007 VISTO: El Memorando Nº 604-2007-DP/OGRH que adjunta el Memorando Nº 845-2007-DP/PAD, mediante el cual se solicita la elaboración del proyecto de resolución que acepta la renuncia de la Asesora III del Despacho de la Defensora del Pueblo y da por concluida la encargatura como Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162° de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial N° 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones;Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 0041- 2006/DP se designó a la abogada Mayda Alejandrina Ramos Ballón, en el cargo de con fi anza de Asesora III del Despacho de la Defensora del Pueblo, con Categoría y Nivel D8, en la Plaza 002, a partir del 1° de octubre del 2006; y asimismo, se le encomendó las funciones de la titular de la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo; Que, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía ejerciendo por motivos personales, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 16º y por el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y, en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia de la abogada Mayda Alejandrina RAMOS BALLÓN, al cargo de con fi anza de Asesora III del Despacho de la Defensora del Pueblo, con Categoría y Nivel D8, en la Plaza 002, la que será efectiva a partir del 1º de setiembre del 2007, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de funciones como Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo que venía ejerciendo la precitada asesora, la que será efectiva a partir del 13 de agosto del 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 93153-3 Designan Adjunto para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 049 - 2007/DP Lima, 6 de agosto de 2007VISTO:El Acta de evaluación, de fecha 1º de agosto del presente año, presentada a la Defensora del Pueblo por los tres miembros de la Comisión Especial encargada del proceso de selección del Adjunto o Adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 26520 establece que la Defensora del Pueblo estará auxiliada por Adjuntos que la representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le con fi ere, quienes serán