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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de agosto de 2007 351489 LA IGLESIA ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA – CLINICA AMERICANA; Que, los bienes donados consisten en 138 bultos, conteniendo productos farmacéuticos, instrumental, equipos y material médico, a excepción de los productos señalados en el Informe Nº 449-2006-DIGEMID-DCVS-ECVP-AD/MINSA, de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 219-2006-SA/OGCI de fecha 18-Oct-06, con un valor FOB de US $ 76,000.00 (Setenta y seis mil y 00/100 Dólares americanos), y un peso bruto de 8,400 kilos, enviados en un contenedor de 40´ Nº FSCU-604313-8; y que serán usados para el servicio pastoral de las personas de bajos recursos económicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Florida Hospital a favor de la ASOCIACION PASTORAL DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES DE JULIACA DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA – CLINICA AMERICANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Florida Hospital a favor de la ASOCIACION PASTORAL DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES DE JULIACA DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL SEPTIMO DIA – CLINICA AMERICANA consistente en 138 bultos, conteniendo productos farmacéuticos, instrumental, equipos y material médico, a excepción de los productos señalados en el Informe Nº 449-2006-DIGEMID-DCVS-ECVP-AD/MINSA, de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 219-2006-SA/OGCI de fecha 18-Oct-06, con un valor FOB de US$ 76,000.00 (Setenta y seis mil y 00/100 Dólares americanos), y un peso bruto de 8,400 kilos, enviados en un contenedor de 40´ Nº FSCU-604313-8; y que serán usados para el servicio pastoral de las personas de bajos recursos económicos. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95471-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0934/RE Lima, 7 de agosto de 2007 Visto, los expedientes Nº 270-2007 y Nº 1865-2007, presentados por MEDICOS SIN FRONTERAS - BELGICA, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Medecins sans Frontieres, con sede en Bruselas, Bélgica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, MEDICOS SIN FRONTERAS - BELGICA, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi fi cado de Donación de fecha 10 de agosto de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Bruselas se observa que, Medecins sans Frontieres ha efectuado una donación a favor de MEDICOS SIN FRONTERAS – BELGICA; Que, el bien donado consiste en 01 bulto con 100 cápsulas de Oseltamivir Phosphate 75 mg. (Tami fl u*), valorizado en € 139.80 (Ciento treinta y nueve y 80/100 Euros), con un peso bruto de 0.90 kilos. Destinado al proyecto: “Cuidados Integrales en VIH/SIDA en el Centro Materno Infantil San José en Villa el Salvador”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Medecins sans Frontieres a favor de MEDICOS SIN FRONTERAS - BELGICA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Medecins sans Frontieres a favor de MEDICOS SIN FRONTERAS - BELGICA; consistente en 01 bulto con 100 cápsulas de Oseltamivir Phosphate 75 mg. (Tami fl u*), valorizado en € 139.80 (Ciento treinta y nueve y 80/100 Euros), con un peso bruto de 0.90 kilos. Destinado al proyecto: “Cuidados Integrales en VIH/SIDA en el Centro Materno Infantil San José en Villa el Salvador”. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 95471-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representante titular del Ministerio ante la Comisión Multisectorial para la implementación del Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 210-2007-TR Lima, 7 de agosto de 2007 VISTOS: El O fi cio Nº 473-2007-MTPE/2/12.6 de fecha 3 de julio de 2007, de la Directora (e) de la Micro y