Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2007 (13/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES
I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:

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de Trabajo y Promocion del Empleo dentro de los 10 dias habiles siguientes a su recepcion; Que, mediante documento de Vistos, la Sub Directora (e) de Negociaciones Colectivas de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA ­ Callao, remite a la Secretaria General, el Acta Final de la Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2007-2008, suscrita el 25 de MORDAZA de 2007, entre la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru (FTCCP), a efectos de que la misma, sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que de cumplimiento a lo expuesto precedentemente; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 37º del Articulo 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Resolucion Ministerial Nº 290-2005-TR y su modificatoria, la Resolucion Ministerial Nº 324-2006-TR; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; y, SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion del Acta Final de la Negociacion Colectiva en Construccion Civil 20072008, suscrita el 25 de MORDAZA de 2007, entre la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru (FTCCP) que se adjunta en el ANEXO que forma parte integrante de la presente Resolucion, igualmente, el presente Convenio Colectivo sera publicitado en la pagina Web www.mintra. gob.pe del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

Primero.- Las partes acuerdan que a partir del 1° de junio del 2007 los trabajadores en construccion civil del ambito nacional, recibiran un aumento general sobre su jornal basico diario segun categorias, de la forma siguiente: OPERARIO OFICIAL PEON S/. 1.50 nuevos soles. S/. 1.20 nuevos soles. S/. 1.10 nuevos soles.

II.- CONDICIONES DE TRABAJO: SEGURO DE VIDA: Segundo.- A partir de la fecha de suscripcion de la presente Convencion Colectiva, los empleadores de la construccion contrataran a favor de sus trabajadores con contrato vigente la POLIZA DE SEGURO DE ESSALUD+VIDA, adicional al seguro Complementario Por Trabajo de Riesgo (SCTR), y cuando el costo de la obra presupuestada sea mayor a 400 UIT. CONTACTO CON AGUAS SERVIDAS: Tercero.- Los empleadores se comprometen, bajo los alcances del punto 6 del acta de solucion de fecha 9 de septiembre de 2004, en hacer extensiva la bonificacion ascendente al 20% sobre el jornal basico, a los trabajadores que laboran en contacto directo con aguas servidas en los sistemas de alcantarillado y recolectores, entendiendose que dicha bonificacion es expresa y taxativamente aplicada para el trabajador que esta en contacto directo con el agua servida. COMPROBANTE DE PAGO DE RETENCIONES Y APORTES: Cuarto.- Los empleadores se comprometen a entregar a los trabajadores de la obra una certificacion que acredite el pago de los aportes y retenciones por concepto de pensiones y de salud a que se refiere la Ley 27605 del 20 de diciembre de 2001, en la oportunidad en que lo requieran y soliciten al empleador, cuando necesite ser tratado en ESSALUD, con su liquidacion de beneficios sociales y/o tramite de jubilacion. III- OTROS PUNTOS: SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION Quinto.- Las partes declaran, que considerando que la Comision Nacional de Metrados del Ministerio de Vivienda y Construccion, ha aprobado una partida especifica y debidamente detallada para SEGURIDAD EN OBRA Y MEDIO AMBIENTE, concordante con la MORDAZA de Seguridad, de manera tal que las instituciones publicas y privadas tengan la obligacion de consignar e incluir en sus presupuestos base dicha partida, ACUERDAN, y se comprometen a gestionar en forma conjunta ante las autoridades que corresponda, para que el Reglamento Nacional de Metrados sea aprobado y promulgado a la brevedad. CERTIFICACION CAPACITACION DE COMPETENCIAS Y

ACTA FINAL DE NEGOCIACION COLECTIVA EN CONSTRUCCION CIVIL 2007 ­ 2008 Expediente Nº 82546-2007-TPE/2/12.210
En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete, siendo las 15.30 horas se reunieron en la Oficina Nº 320, ubicada en el tercer piso de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (MTPE), de una parte en representacion de la Camara Peruana de la Construccion (CAPECO), los Senores Ing. MORDAZA Isasi MORDAZA identificado con DNI Nº 08252785 y el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con DNI Nº 08724323, de la otra parte los integrantes de la Comision Nacional de la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru (FTCCP), los Senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08044524 Secretario General de la FTCCP, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 32795177 Secretario de Organizacion de la FTCCP, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 17826805 Secretario de Defensa de la FTCCP, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08026192 Secretario de Prensa de la FTCCP, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08900768 Secretario General del Sindicato de MORDAZA, MORDAZA Ynti MORDAZA con DNI Nº 08359753 Secretario General del Sindicato de Los Balnearios del Sur, MORDAZA Yacila Ubillus con DNI Nº 25449240 Secretario General del Sindicato del Callao, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 02787421 Secretario General Seccional Regional de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 29523564 Secretario General del Sindicato de MORDAZA, MORDAZA Lenes Sihua con DNI Nº 23944591 Secretario General del Sindicato del MORDAZA, Wilder MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 18104542 Secretario General del Sindicato de La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 05286634 Secretario General del Sindicato de MORDAZA, con el objeto de suscribir los acuerdos correspondientes a la Negociacion Colectiva por MORDAZA de Actividad del ano 2007-2008 que corre en el Expediente Nº 82546-2007-TPE/2/12.210, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR TUO del Decreto Ley 25593 - Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y su Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92- TR, de acuerdo al siguiente resultado:

Sexto.- Las partes reconocen la importancia de la certificacion de competencias y capacitacion de los trabajadores en construccion civil, por tanto estando ellas entre las funciones organicas y expresas del SENCICO, declaran su compromiso de solicitar a SENCICO, en forma conjunta y a traves de sus directores representantes ante dicha Institucion, para que anualmente el 20% del total recaudado por Aportes de las Empresas Constructoras sea expresamente destinado al Programa de Certificacion Ocupacional y de Competencias (COCO), asimismo que con cargo a esos mismos aportes recaudados de las empresas constructoras, el subsidio en los cursos de capacitacion de los trabajadores operativos de la construccion sea del 90% de sus costos.

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