Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2007 (23/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de agosto de 2007

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban ceremonia del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022 San MORDAZA de Lurigancho, 17 de agosto del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 098-07-SG-RRCC/MDSJL, de fecha 31/07/2007, de la Subgerencia de Registro Civil, el Informe Nº 082-2007-SGPP-GP/MDSJL, de fecha 9/08/2007, de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, asi como el Informe Nº 239-2007-GAF/MSJL de fecha 15/08/2007, de la Gerencia de Administracion; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 098-07-SG-RRCC/MDSJL de fecha 31.7.2007, la Subgerencia de Registro Civil senala que se tiene programado llevar a cabo el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario el dia 22 de setiembre del 2007, a las 11.00 horas, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha; Que, asimismo mediante Informe Nº 082-2007-SGPPGP/MDSJL de fecha 9.8.2007 emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, se senala que existe disponibilidad presupuestaria en la Actividad 000640 Conduccion y Manejo de Registros Civiles hasta por la suma de S/. 6,825.00 (Seis Mil Ochocientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles) para atender los gastos para la realizacion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario previsto para el dia 22/09/2007; Que, mediante Informe Nº 239-2007-GAF/MDSJL, de fecha 15/8/2007, la Gerencia de Administracion senala que existe disponibilidad financiera para solventar la realizacion del MORDAZA matrimonio civil comunitario; Que, el Articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248 del mismo cuerpo legal. Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a establecido en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario, la misma que se llevara a cabo el dia sabado 22 de setiembre del 2007 a las 11:00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Tercero.- AUTORIZAR la asignacion de una Partida Economica por la suma de S/. 6,825.00 (Seis Mil Ochocientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles) para cubrir los gastos de la ceremonia, el cheque sera girado a nombre del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Subgerente de

Registro Civil, quien una vez concluida dicha actividad debera cumplir con realizar el rendimiento de gastos efectuados ante la unidad organica respectiva. Articulo Cuarto.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Quinto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA actualizada) - Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de ambos novios (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones). - Certificado Pre Nupcial (medico), expedido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho (S/. 60.00). - Expediente Matrimonial (S/. 40.00). - Certificado Domiciliario. - Certificado de Solteria. - Copias de los Documentos Nacionales de Identidad de dos (02) testigos (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones). - El Acta de Nacimiento y Certificado de Solteria del Contrayente Extranjero, debe contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Se dispensara la publicacion del edicto matrimonial en cualquier diario de circulacion local. Articulo Sexto.- AUTORIZAR la recepcion de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedicion del presente Decreto de Alcaldia, hasta el viernes 21 de setiembre del 2007. Articulo Septimo.- Las Asignaciones Presupuestales que se afectaran y que permitiran la cobertura de la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario seran las que se senalan en el Informe Nº 082-2007-SGPP-GP/MDSJL de fecha 9/08/2007 emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia de Planificacion. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaria General a traves de la Subgerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

99158-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Reducen tasas de Licencias de Funcionamiento establecidas en el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012 -2007/MDSMP
San MORDAZA de Porres, 10 de agosto del 2007
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 227­MDSMP de fecha 4 de Agosto del ano 2007, se aprobo el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para Establecimientos Comerciales, Industriales Profesionales y/o de Servicios, en el MORDAZA de la Ley Nº 28976 Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento;

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