Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2007 (23/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de agosto de 2007

2007, se establece el MORDAZA juridico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento expedida por las municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 184-MML se aprueba la reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA, cuya finalidad es conservar y desarrollar el Area Natural Pantanos de MORDAZA y la regulacion de los recursos naturales, asi como los asentamientos humanos en su entorno de influencia, fijando, definiendo y reglamentando las actividades urbanas y los distintos usos del suelo, a fin de que estos se desenvuelvan de manera armonica con la preservacion y conservacion de dicha area, creando la Autoridad Municipal de los Pantanos de MORDAZA (PROHVILLA) como organismo publico descentralizado cuyo objetivo es el establecer los lineamientos, estrategias y politicas a seguir para la proteccion. preservacion, desarrollo y control ambiental en la MORDAZA de Reglamentacion Especial Pantanos de Villa. Que, resulta pertinente adecuar el procedimiento para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el Distrito de Chorrillos en atencion a lo dispuesto en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976. Que, en concordancia con la autonomia politica que ostentan las municipalidades el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Articulo 200, inciso 4) de la Constitucion, tiene rango de Ley, siendo facultad del Concejo el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que estando a lo expuesto, y ; en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente : ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS, EN ATENCION A LO DISPUESTO EN LA LEY MORDAZA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO LEY Nº 28976 Articulo Primero.- La presente Ordenanza regula el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en todo el ambito jurisdiccional del Distrito de Chorrillos. Articulo Segundo.- Apruebese los formatos que tienen el caracter de declaracion jurada donde se consignaran los requisitos establecidos por ley para la iniciacion del tramite correspondiente de Licencia de Funcionamiento

y el formato de Declaracion Jurada de observancia de condiciones de seguridad en Defensa Civil, los que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Establezcase como requisito previo y adicional para los establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios que se encuentran ubicados dentro de la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 184-MML, la opinion ambiental favorable de la Autoridad Autonoma de los Pantanos de MORDAZA - PROHVILLA. Articulo Cuarto.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, en lo referente a los procedimientos establecidos para la obtencion de la Licencia de Funcionamiento, Unidad Organica Sub Gerencia de Comercializacion y Mercados Item Nº 9.00, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Todas las solicitudes de Licencia de Funcionamiento que se encuentren en tramite a la fecha de entrada de vigencia de la presente Ordenanza, deberan continuar con el tramite de acuerdo a las normas en que iniciaron su procedimiento. Segunda.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias y/o reglamentarias que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza Tercera.- Establezcase que el Plano de Zonificacion, Indice de Usos para la ubicacion de actividades urbanas, Estructuras de Costos y las Solicitudes o Formularios, esten permanentemente a disposicion de los administrados en el local de la municipalidad y en el MORDAZA electronico. Cuarta.- Precisese que lo dispuesto en la primera disposicion transitoria y final de la Ordenanza Nº 118MDCH de fecha 3 de marzo del 2007 estara vigente hasta el 30 de noviembre del 2007, concluido dicho plazo los certificados de autorizacion municipal otorgados hasta el 17 de setiembre del 2005 quedaran sin efecto, debiendo iniciar MORDAZA tramite de licencia. Quinta.- Deroguese toda MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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