Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2007 (23/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

352071

Que, la Decima Disposicion Complementaria y Final del Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 227-MDSMP autoriza al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias y complementarias para la correcta aplicacion de la citada disposicion municipal, incluido el Horario de Funcionamiento de los establecimientos segun su giro; Que, la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 28976 establece que el INDECI debe presentar la propuesta de modificacion del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; Que, con Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM de fecha 5 de Agosto del 2007 se ha publicado el MORDAZA Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, adecuado a la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, el cual, entre otros, fija las nuevas tasas que deberan pagar los administrados por concepto de Inspecciones de seguridad en materia de defensa civil, lo que ha motivado que se efectue un reajuste en el costo de las Licencias de Funcionamiento establecido en la Ordenanza Nº 227MDSMP, debiendo procederse a su modificacion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 38.5º de Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 toda modificacion del MORDAZA que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se debe realizar, en el caso de los Gobiernos Locales, por Decreto de Alcaldia; En ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Reducir las tasas de Licencias de Funcionamiento establecidas en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, modificadas por la Ordenanza Nº 227-MDSMP, como se senala en el cuadro siguiente:
Nº 1 DENOMINACION DEL MONTO DE REQUISITOS PROCEDIMIENTO DERECHO Licencia de 6 Pago de la tasa 0.0406 UIT Funcionamiento Establecimiento hasta 100 m2 y con Permanente capacidad de no mayor de almacenamiento de 30% del area total e inspeccion tecnica de seguridad de defensa civil basica ex pos. 0.0696 UIT Establecimientos que desarrollaran los giros de: pub, licoreria, discoteca, bar, casinos, juegos de azar, maquinas tragamonedas, ferreterias o giros afines a los mismos, asi como los que incluyan giros cuyo desarrollo implique almacenamiento uso o comercializacion de productos toxicos o altamente inflamables que tengan menos de 0.0986 UIT 100 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor de 30% del area total del local. Establecimiento que cuenta de 101 m2 hasta 500 m2 y con capacidad mayor de almacenamiento de 30% del area total e inspeccion tecnica de seguridad de defensa civil basica ex ante.

Estaciones de Servicios, y otros que por su naturaleza lo requieran. Articulo Sexto.- La ampliacion a los Horarios Especial y Extraordinario, estara sujeta a la evaluacion de la Sub Gerencia de Promocion Empresarial, quien para su otorgamiento debera contar con el informe favorable de los organos competentes, el cumplimiento de los niveles de ruido senalados en la Ordenanza Nº 015-MML y que no se cause molestias a los vecinos de la zona. Articulo Septimo.- Subsanese el error contenido en el Anexo 04 de la Ordenanza 227-MDMSP, en el sentido siguiente: DICE: Variacion de Area Comercial o Economica Licencia de Funcionamiento para Cesionarios DEBE DECIR: Variacion de Area Comercial o Economica Licencia de Funcionamiento para Cesionarios

0.290 % UIT 0.232 % UIT

0.0290 % UIT 0.0232 % UIT

Articulo Octavo.- Hasta la implementacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres aprobado por Ordenanza Nº 215MDSMP, las funciones de la Subgerencia de Promocion Empresarial establecidas en la Ordenanza Nº 227-MDSMP estaran a cargo de la Division de Licencias y Autorizaciones. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

99526-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Suspenden actividades, MORDAZA y similares en locales cerrados de concurrencia publica, a fin de cautelar la integridad fisica de los vecinos como consecuencia de sismo y sus replicas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-2007-ALC/MVES
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA MORDAZA El MORDAZA, 17 de agosto de 2007 Visto: Los hechos lamentables acontecidos por el sismo de fecha 15 de agosto de 2007, y conforme a las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Decreto Ley Nº 19338, que crea el Sistema Nacional de Defensa Civil y el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, y modificatorias ­ Reglamento del Sistema Nacional de Defensa Civil; son funciones generales de los Comites de Defensa Civil, en su respectiva jurisdiccion territorial, la de disponer medidas o coordinar acciones necesarias para hacer frente a los desastres o calamidades que afecten, entre estas medidas de prevencion y de emergencia; Que, el Comite de Defensa Civil es la celula basica operativa del Sistema Nacional de Defensa Civil, teniendo como una de las finalidades, la prevencion y atencion de desastres, orientando sus acciones a proteger la integridad fisica de la poblacion; Que, tomando en consideracion que el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, preside el Comite de Defensa Civil Distrital de esta jurisdiccion conforme a lo dispuesto que por articulo 11º del Reglamento del Sistema Nacional de Defensa Civil - Decreto Supremo Nº 005-88SGMD;

Articulo Segundo.- ESTABLECER en el Distrito de San MORDAZA de Porres los siguientes horarios de funcionamiento para los establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios: · Horario General: De 07:00 hasta las 23:00 horas · Horario Especial: De las 23:00 hasta las 03:00 horas · Horario Extraordinario: Sujeto a evaluacion de acuerdo al giro Articulo Tercero.- El Horario General de funcionamiento se establece para todos los establecimientos que desarrollen actividad comercial, industrial y/o de servicios en el distrito de San MORDAZA de Porres y constara expresamente en la Licencia de Funcionamiento. Articulo Cuarto.- Los Titulares de Licencias de Funcionamiento Permanente vigente, que desarrollen los giros de: salsodromos, discotecas, video pubs, salones de baile, salones de recepcion, penas, cafe-teatro, restaurantes, establecimiento de expendio de alimentos, MORDAZA de espectaculos, y bingos, podran solicitar la ampliacion de horario, solo para el Horario Especial. Articulo Quinto.- La Sub Gerencia de Promocion Empresarial, a peticion del interesado y en razon a la naturaleza del giro, podra conceder un horario extraordinario a los Hospitales, Clinicas, Policlinicos, Centros de Salud y similares, Farmacias, Boticas, Hoteles, Hostales, Grifos o

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