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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2007 359248 fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, a los Ofi ciales siguientes: - Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Almirante Jorge Carlos MONTOYA Manrique (4 días) - Jefe de la 6ta.División del Estado Mayor Conjunto de las FFAA Contralmirante Jaime Eduardo NAVACH Gamio (4 días) Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: LIMA - PUERTO PRINCIPE - LIMAUS$ 1,360.80 x 2 personas Viáticos: US.$ 240.00 x 4 días x 2 personas Tárifa Única de Uso de Aeropuerto: US.$ 30.25 x 2 personas Artículo 3º.- Facultad El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Comisión a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Presentación de Informe El mencionado Personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 141032-10 Autorizan viaje de oficial y técnico de la FAP a la Federación Rusa, para conformar Comisión Técnica de Supervisión de Reparación de Helicóptero MI - 17 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 438-2007-DE/FAP Lima, 6 de diciembre de 2007 Visto el ofi cio C-66-MADM-Nº 1518 de fecha 23 de noviembre de 2007, del Segundo Comandante de Material de la Fuerza Aérea del Perú, Mensaje EMMA-231555 del mes de noviembre de 2007, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y Mensaje SGFA-290845 del mes de noviembre de 2007, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Múltiple Nº 825 VAAE-MD de fecha 10 de octubre de 2007, el Ministerio de Defensa propone a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, cuatro (04) opciones para conformar la Comisión Técnica de Supervisión de Reparación de Helicóptero MI-17 en la Federación Rusa; Que, con Ofi cio C-66-COMA-MADM-Nº 1599 de fecha 15 de octubre de 2007, la Jefatura del Estado Mayor de la Fuerza Aérea del Perú plantea entre las cuatro opciones propuestas por el Ministerio de Defensa, la 1ra. opción en vista de considerarse como la adecuada, a fi n de garantizar la ejecución óptima del mantenimiento, así como el cumplimiento de los plazos de entrega de los Helicópteros MI-17 de la Fuerza Aérea por la Estación Reparadora SPARC, en la ciudad de San Petersburgo - Federación Rusa; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de San Petersburgo, Federación Rusa, a fi n de garantizar la ejecución óptima del mantenimiento, así como el cumplimiento de los plazos de entrega, de los Helicópteros MI-17 de la Fuerza Aérea del Perú por la Estación Reparadora SPARC, del 15 de diciembre de 2007 al 31 de mayo de 2008; Que, el periodo de duración de la mencionada comisión del servicio es de cinco (5) meses y diecisiete (17) días, que incluye los años 2007 y 2008; Que, el pago correspondiente al periodo comprendido del 15 al 31 de diciembre de 2007, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y del 1 de enero al 31 de mayo de 2008, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la Federación Rusa, del 15 de diciembre de 2007 al 31 de mayo de 2008, del Comandante FAP NALVARTE SIMONI Ronald Sandro y del Técnico Supervisor FAP CARRANZA HAU Julio Luis, quienes conformarán la comisión técnica-operacional, que garantizará la ejecución óptima del mantenimiento, así como el cumplimiento de los plazos de entrega, de los Helicópteros MI-17 de la Fuerza Aérea del Perú por la Estación Reparadora SPARC, en la ciudad de San Petersburgo. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US $ 2.591 x 02 Personas Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: Para el Ofi cial US $ 4,050 x 05 meses x 01 PersonaUS $ 135 x 17 días x 01 Persona Para el Técnico US $ 3,050 x 05 meses x 01 PersonaUS $ 101.67 x 17 días x 01 Persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $ 30,25 x 02 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, Comuníquese y Publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 141032-11