Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2007 359249 Autorizan viaje de integrantes de la Comisión de Supervisión de Reparación de Helicópteros MI - 17 a la Federación de Rusia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 439-2007-DE/EP/S.1.a/1-1 Lima, 6 de diciembre de 2007 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 004 T - 2, del 22 de octubre del 2007, y el Ofi cio Múltiple Nº 934 VAAE-MD, del 15 de noviembre del 2007. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Múltiple Nº 825 VAAE - MD, del 10 de octubre del 2007, el Ministerio de Defensa propone a la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército, cuatro (4) opciones, para conformar la Comisión Técnica de Supervisión de Reparación de Helicópteros MI - 17 en la Federación de Rusia. Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 004 T - 2, del 22 de Octubre del 2007, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, autoriza el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Un (1) Ofi cial y Un (1) Técnico con califi cación y experiencia en mantenimiento aeronáutico, como integrantes de la Comisión Técnica de Supervisión de Reparación de Helicópteros MI - 17 en la Estación Reparadora SPARC ubicada en la ciudad de San Petersburgo - Federación de Rusia, en el período comprendido del 1 de noviembre del 2007 al 30 de junio del 2008; Que, con Ofi cio Nº 247 T - 2, del 25 de octubre del 2007, la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército plantea entre las cuatro (04) opciones propuestas por el Ministerio de Defensa, la 1ra opción en vista de considerarse como la adecuada, a fi n de garantizar la ejecución óptima del mantenimiento, así como el cumplimiento de los plazos de entrega, de los Helicópteros MI - 17 del Ejército por la Estación Reparadora SPARC en la ciudad de San Petersburgo - Federación de Rusia; Que, con Ofi cio Nº 934 VAAE - MD, del 15 de noviembre del 2007, el Ministerio de Defensa remite a la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército, los términos con el cual se formulará y gestionará el Proyecto de Resolución Suprema sobre el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar a la Estación Reparadora SPARC en la ciudad de San Petersburgo - Federación de Rusia, en el periodo comprendido del 20 de noviembre del 2007 al 31 de mayo del 2008; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Personal Militar a la ciudad de San Petersburgo - Federación de Rusia, afi n de garantizar la ejecución óptima del mantenimiento, así como el cumplimiento de los plazos de entrega, de los Helicópteros MI - 17 del Ejército por la Estación Reparadora SPARC, a partir del 15 de diciembre de 2007 al 31 de mayo de 2008; Que, la duración de la comisión de servicio en el exterior, es de Cinco (5) meses y Diecisiete (17) días, que incluye los años 2007 y 2008, por lo que el pago correspondiente al periodo comprendido del 15 al 31 de diciembre de 2007, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y del 1 de enero al 31 de mayo de 2008, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047 -2002 PCM, de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002 - 2004 DE / SG, de fecha 26 de enero del 2004, y su modifi catoria con Decreto Supremo Nº 008 - 2004 -DE / SG, de fecha 30 de junio del 2004; y, Estando a lo opinado por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y lo acordado con el Señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio del Tte Crl MG ZELA FIERRO Hoover Paul, y Tco 1 MAE HUARHUACHI CURO Lorgio, para integrar la Comisión Técnica de Supervisión de Reparación de Helicópteros MI - 17, en la ciudad de San Petersburgo - Federación de Rusia en el período comprendido del 15 de diciembre del 2007 al 31 de Mayo del 2008. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Amsterdam - San Petersburgo - Lima $ 2,591.00 x 02 Personas Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: TC MG ZELA FIERRO Hoover Paul $ 4,050.00 x 05 Meses x 01 Persona $ 4,050.00 / 31 X 17 Días (15 al 31 Dic 2007) x 01 Persona TCO1 MAE HUARHUACHI CURO Lorgio $ 3,050.00 x 05 Meses x 01 Persona$ 3,050.00 / 31 X 17 Días (15 al 31 Dic 2007) x 01 Persona Tarifa Única de uso de Aeropuerto: $ 30.25 x 02 Personas = $ 60.50 Artículo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º y Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de Junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de Enero del 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. Artículo 4º.- El Señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del viaje, sin exceder el periodo total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Señor Presidente del Consejo de Ministros y por el Señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 141032-12 ECONOMIA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 024-2007-EF/15.01 Lima, 6 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 086-2007-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, la Tabla Aduanera del