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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2007 359255 DESCRIPCION CANTIDAD VALOR REFERENCIAL PAAC Servicio de Transporte de Aulas Prefabricadas100 AulasS/. 92,510.10 (Noventa y dos Mil quinientos diez con 10/100 nuevos soles)Incorporar Servicio de Instalación eléctrica (Provincia de Cañete)13 AulasS/. 36,039.40 (Treinta y seis Mil treinta y nueve con 40/100 nuevos soles)Incorporar Servicio de Instalacion eléctrica (Provincia de Pisco - Chincha)17 AulasS/. 47,400.36 (Cuarenta y siete Mil cuatrocientos con 36/100 nuevos soles)Incorporar Ejecución de Loza de Concreto (Provincia de Cañete)13 AulasS/. 107,008.41 (Ciento siete Mil ocho con 41/100 nuevos soles)Incorporar Ejecución de Loza de Concreto (Provincia de Pisco - Chincha)15 AulasS/. 127,880.74 (Ciento veintisiete Mil ochocientos ochenta con 74/100 nuevos soles)Incorporar Ejecución de Loza de Concreto (Provincia de Castrovierreyna)20 AulasS/. 163,908.88 (Ciento sesenta y tres Mil novecientos ocho con 88/100 nuevos soles)Incorporar Servicio de Instalación de Aulas Prefabricadas (Provincia de Cañete)34 AulasS/. 62,237.00 (Sesenta y dos Mil doscientos treintaisiete con 00/100 nuevos soles)Incorporar Servicio de Instalación de Aulas Prefabricadas (Provincia de Pisco - Chincha)46 AulasS/. 87,227.00 (Ochenta y siete Mil doscientos veintisiete con 00/100 nuevos soles)Incorporar Servicio de Instalación de Aulas Prefabricadas (Provincia de Castrovirreyna)20 AulasS/. 38,080.00 (Treinta y ocho Mil ochenta con 00/100 nuevos soles)Incorporar Adquisición de Pizarras 100S/. 14,800.00 (Catorce Mil ochocientos con 00/100 nuevos soles)Incorporar Supervisión de la instalación de Aulas Prefabricadas8S/. 160,000.00 (Ciento sesenta Mil con 00/100 nuevos soles)Incorporar Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Ofi cina General de Administración realice las contrataciones necesarias, a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que se publique la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y que se remita, junto con los informes técnico y legal sustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 141033-1 ENERGIA Y MINAS Aceptan renuncia de Southern Perú Copper Corporation a autorización para la generación de energía eléctrica en la Central Térmica Toquepala RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 535-2007-MEM/DM Lima, 27 de noviembre de 2007 VISTO: El Expediente N° 33024893, organizado por SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, persona jurídica inscrita en la Partida N° 03025091 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de renuncia a la autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-94-EM/ DGE, de fecha 8 de febrero de 1994, se otorgó a favor de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION la autorización para generación de energía eléctrica en la Central Térmica Toquepala, con una potencia instalada de 6,47 MW, ubicada en el distrito de Ilabaya, provincia de Jorge Basadre y departamento de Tacna; Que, mediante escrito presentado el 15 de octubre de 2002, ingresado bajo el registro Nº 1385551, SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION formuló renuncia a la autorización otorgada, para lo cual argumentó que las cinco unidades de generación han devenido en obsoletos por antigüedad y que la interconexión actual cubre ampliamente la continuidad y confi abilidad del suministro de la energía eléctrica en la zona de Toquepala; Que, mediante el Ofi cio N° 927-2007-OSINERMING- GFE, de fecha 14 de febrero de 2007, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN informó que la renuncia a la autorización para generar energía eléctrica en la Central Térmica Toquepala no afectaría el Servicio Público de Electricidad; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el literal d) del artículo 69° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, estando a lo dispuesto en dicha norma, así como a lo establecido en el ítem AE03 del Anexo N° 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM, procede aceptar la renuncia formulada y, por consiguiente, cancelar la autorización otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 054-94-EM/DGE; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 216-2007-DGE-DCE; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION a la autorización para la generación de energía eléctrica en la Central Térmica Toquepala y, en consecuencia, téngase por cancelada la referida autorización, la cual fue otorgada mediante la Resolución Ministerial N° 054-94-EM/DGE, de fecha 8 de febrero de 1994. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de energía y Minas 138135-1 INTERIOR Amplían permanencia en Colombia de oficial y suboficial en retiro de la PNP para recibir tratamiento médico especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 101-2007-IN/PNP Lima, 6 de diciembre de 2007 VISTO, la propuesta de autorización para ampliación de permanencia en el extranjero de Ofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú para continuar con tratamiento médico quirúrgico, remitida por el Director General de la Policía Nacional del Perú mediante Ofi cio Nº 5491-2007-DIRGEN.PNP/SG del 6 de junio de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 0906-2006-IN/ PNP del 27 de marzo de 2006, se resolvió autorizar al Mayor de la Policía Nacional del Perú Julio Arturo LIÑAN