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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de diciembre de 2007 360954 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Crean la Comisión Ambiental Municipal del distrito de La Punta ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2007-MDLP/ALC La Punta, 3 de Abril del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA; VISTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 008-2007 del día 3 de Abril del 2007: CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 con el que concuerda el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972; Que, es atribución de la Municipalidad, la aprobación del Sistema Local de Gestión y de sus instrumentos dentro del marco del Sistema Nacional y Regional de Gestión Ambiental y de espacios de concertación y participación vecinal, a través del Concejo Municipal, ejerciendo esa función normativa mediante Ordenanzas, de conformidad con el Art 9º, numeral 7 y 34 y Art. 40º respectivamente, del cuerpo legal mencionado; Que, el sistema de planifi cación local tiene como principios la participación ciudadana, a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestión moderna y rendición de cuentas, la inclusión, efi ciencia, efi cacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración, tal como lo indica el Artículo IX: Planeación Local, de la Ley Orgánica indicada; Que, las competencias y funciones específi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, tal como lo señala el Artículo VIII: Aplicación de leyes generales y políticas y planes nacionales, de la Ley señalada; Que, el Artículo 25 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – Ley Nº 28245, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales sean las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal. Promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y El CONAM; Que, en virtud al proceso seguido y promovido por El CONAM, a través de su Secretaría Ejecutiva Regional y la Municipalidad Distrital de La Punta, en coordinación con diversas organizaciones públicas, privadas y mixtas (CAR Callao) de la Región, así como con la amplia participación de los actores locales vinculados a los recursos naturales y gestión ambiental provincial, acordaron por consenso la conformación de la Comisión Ambiental Municipal para fortalecer su gestión y lograr la articulación con los procesos de gestión ambiental provincial, regional y nacional, de conformidad con la Ordenanza Regional Nº 008 – 2004 – Región Callao/CR, que aprueba el Sistema Regional de Gestión Ambiental del Callao, la Ordenanza Regional Nº 007 – 2004 – Región Callao/CR, que aprueba la Política Ambiental Regional del Callao, la Ordenanza Municipal No 016 – 2005 MDLP / ALC, que aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de La Punta y los Artículos 2 y 3 de la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su reglamento aprobado mediante D. S. Nº 008 – 2005 – PCM y Ley General del Ambiente Nº 28611; Que, en la Ordenanza Municipal Nº 016 – 2005 MDLP / ALC, que aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental se estableció en el Título II Capítulo I Artículo 8 que la instancia de coordinación y gestión ambiental en el distrito de La Punta era el Directorio Punteño a través de su Comisión de Medio Ambiente, espacio de coordinación vecinal con la Municipalidad para evaluar la situación ambiental distrital y proponer acciones necesarias para mejorar la calidad de vida de la población; Que, es necesario establecer en el Sistema de Gestión Ambiental a la Comisión Ambiental Municipal de La Punta CAM – La Punta, como la instancia de Gestión Ambiental distrital en sustitución del Directorio Punteño, que coordine acciones entre las instituciones locales y El CONAM, formule participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local, elabore Propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales y promueva diversos mecanismos de participación de la sociedad civil en la gestión ambiental, entre otros; En ese sentido, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Aprobó por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente; ORDENANZAArtículo 1º.- CRÉASE La Comisión Ambiental Municipal del Distrito de La Punta (CAM- La Punta), como la instancia de gestión ambiental del Distrito de La Punta, con sede en el Distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con la Comisión Ambiental Provincial y Regional del Callao y El CONAM, cuya estructura y funciones forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y conjuntamente con la estructura y funciones en la página institucional y, a la Gerencia Municipal y Gerencia de Gestión Ambiental, el fi el cumplimiento de lo aquí dispuesto. Regístrese, publíquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 145915-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Ratifican Ordenanzas de las Municipalidades Distritales de la provincia, relativas al régimen de los arbitrios para el ejercicio 2008 ORDENANZA Nº 029-2007/CM-MPH-M Matucana, 19 de diciembre del 2007 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA VISTO:El Dictamen Nº 003-2007/CREDA-MPH-M de fecha 17/12/07, sobre revisión y evaluación de documentos administrativos de los Concejos Distritales en materia tributaria, Expediente Nº 4676-07 y Expediente Nº 5232-07 presentado por la Municipalidad Distrital de Callahuanca; Expediente Nº 4688-07 y Expediente Nº 5271-07 presentado por la Municipalidad Distrital de San Mateo de Otao; Expediente Nº 5368-07 presentado por la Municipalidad Distrital de Surco; Expediente Nº 5347-07 presentado por la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra; Expediente Nº 4943-07 presentado por la Municipalidad Distrital de San Bartolomé; Expediente Nº 5006-07 presentado por la Municipalidad Distrital de Huachupampa; Expediente Nº 4685-07 presentado por la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia; Expediente Nº 5212-07 presentado por la Municipalidad de San Pedro de Huancayre; Expediente Nº 5041-07 presentado por la Municipalidad de Carampoma; Expediente Nº 5209-07 presentado por la Municipalidad de San Pedro de Casta, Ofi cio Nº 321-2007/ALC/MDH presentado por la