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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de diciembre de 2007 360941 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Vistos, En la XVII-2007 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20.09.2007, el Dictamen Nº 029-2007-MSB-CAL y Dictamen Nº 010-2007-MSB-SER, presentado por la Comisión de Asuntos Legales y Comisión de Economía y Rentas, respectivamente, sobre el Proyecto de Ordenanza que regula el Régimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2008. CONSIDERANDO:Que, mediante los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas Bases cobradas al 1 de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor en la capital del departamento; Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del año 2007, el Concejo de la Municipalidad de San Borja emitió la Ordenanza Nº 382-MSB, modifi cada por la Ordenanza Nº 384-MSB, las mismas que fueron ratifi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 425, normas que fueron publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24.12.2006. Que, con la fi nalidad de brindar los servicios de limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciudadana para el año 2008, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicarán; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 607-MLM, las Ordenanzas Marco podrán tener vigencia por más de un ejercicio tributario; Que, habiendo las Gerencias de Servicios a la Ciudad y Seguridad Ciudadana ratifi cado los costos por los servicios públicos que ofrecerán durante el próximo ejercicio; la Jefatura de Servicios y Orientación al Contribuyente opina por la aplicación del artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con dispensa del trámite de lectura de aprobación del Acta, el Concejo Municipál Aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL AÑO 2008. Artículo Primero.- Marco legal aplicable.Aplíquese, para el ejercicio 2008, lo dispuesto en la Ordenanza N.º 382-MSB modifi cada por la Ordenanza Nº 384-MSB y ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N.º 425-2006 publicado el 24 de diciembre del 2006. Artículo Segundo.- Determinación del costo y las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2008, se aplicarán los costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana establecidos en la Ordenanza N.º 382-MSB, modifi cada por la Ordenanza N.º 384-MSB; reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor al mes de junio ascendente a 1.77% establecido en la Resolución Jefatural Nº 192-2007-INEI publicada el 1 de julio de 2007. Artículo Tercero.- Aprobación del informe técnico. Apruébese el Informe Técnico que da cuenta del sustento para el mantenimiento de los costos y las tasas por los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana, así como la estimación de ingresos por la prestación de los servicios mencionados. Artículo Cuarto.- De la vigencia de la norma. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2008, siempre que previamente se haya cumplido con su publicación y la del Acuerdo de Concejo ratifi catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante decreto de Alcaldía dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde ANEXO I INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO Aspectos GeneralesEn aplicación a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, relacionado con la aprobación anual de los arbitrios municipales, al mes de junio se efectuó el análisis de los gastos ejecutados correspondientes al presente año 2007, no observándose una variación sustancial con respecto a la proyección efectuada para el cálculo de arbitrios del presente ejercicio, aprobado mediante Ordenanza Nº 382-MSB, modifi cada por la Ordenanza Nº 384-MSB, las mismas que fueron ratifi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante el Acuerdo de Concejo Nº 425 publicado el 24 de diciembre de 2006. Efectuada la revisión de la información enviada por las gerencias encargadas en la prestación del servicio respecto de los aspectos regulados en las Ordenanzas Nºs. 382-MSB y 384-MSB, que aprueban los arbitrios municipales para el presente año, se tiene que no se han producido cambios signifi cativos relacionados con los costos unitarios de los componentes de las estructuras de costos de los servicios Así, si bien se observa que algunos de los componentes se encuentran sujetos a variaciones como producto de las fl uctuaciones que experimenta el mercado internacional, cual es el caso de los productos derivados del petróleo (gasolina, diesel, aceites, entre otros), se espera que los previos de éstos no superen el índice infl acionario proyectado por el Banco Central de Reserva del Perú. Asimismo, de la información proporcionada por las gerencias mencionadas, se observa que los costos aprobados en su oportunidad por la Municipalidad Distrital de San Borja para el presente año, han sido empleados por la actual gestión con responsabilidad y efi ciencia, situación que esperamos nos permita a fi nes del ejercicio 2007 alcanzar y, eventualmente, superar los niveles de prestación de los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana, tal y como se desprende del cuadro que aparece a continuación: Costo aprobados 2007 (S/.)Ejecución Junio 2007 (S/.)Proyección Diciembre 2007 (S/.)Nivel Cumplimiento 2007 (%) Barrido de Calles1,147,718.23 581,603.40 568,147.08 100.18% Recolección 9,262,825 .62 4,676,405.66 4,553,265.28 99.64% Parques y jardines6,980,401.62 3,532,173.44 3,688,360.13 103.44 % Seguridad Ciudadana7,348,245.27 3,322,978.30 4,042,017.53 100.23 % Del cuadro mencionado se tiene que los costos de los servicios de barrido recolección de residuos sólidos parques y jardines ejecutados hasta el mes de junio, superan el 50% del costo presupuestado, todo ello en razón a que se han seguido los lineamientos y el plan de trabajo establecido anticipadamente por las gerencias prestadoras de los mencionados servicios. Asimismo, si bien a la fecha mencionada, la ejecución del servicio de seguridad ciudadana no alcanza el porcentaje anotado, se observa también que la proyección de gasto considerado para el segundo semestre permite alcanzar y superar el costo presupuestado para dicho arbitrio en el presente período.