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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361657 ENERGIA Y MINAS Delegan diversas facultades al Director General de Electrificación Rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 595-2007-MEM/DM Lima, 28 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se creó la Dirección General de Electrifi cación Rural como órgano dependiente del Despacho del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; Que, por Decreto Supremo 031-2007-EM de fecha 26 de junio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el cual contiene la estructura, funciones y atribuciones de la Dirección General de Electrifi cación Rural; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa, pueden designar a los funcionarios encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, delegándoles los distintos niveles de decisión y autoridad; Que, siendo política de la Alta Dirección desconcentrar la gestión administrativa de la entidad, es necesario designar al Director General de la Dirección General de Electrificación Rural como responsable de planificar los procesos de adquisición o contratación entre otros, respecto de la Dirección General de Electrificación Rural –DGER, Unidad Ejecutora N° 005 del Pliego N° 0016 Energía y Minas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo la Dirección General de Electrifi cación Rural es un órgano que utiliza fondos públicos provenientes del Contrato de Préstamo BIRF Nº 7366 suscrito entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF; del Convenio de Donación GEF Nº 056023-PE suscrito entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF como agencia de implementación del Fondo Mundial del Medio Ambiente - GEF; y del fi nanciamiento del Gobierno Peruano como contrapartida nacional en el marco del mencionado contrato de préstamo y convenio de donación, por tanto sus contrataciones y adquisiciones derivadas de estos convenios internacionales deben sujetarse a lo establecido en los respectivos convenios; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y sus modifi catorias, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- A partir del 02 de enero de 2008, delegar al Director General de Electrifi cación Rural las facultades que se indican en el presente artículo, respecto de la Unidad Ejecutora N° 005 del Pliego N° 0016: Ministerio de Energía y Minas: a) Aprobar el expediente de adquisición o contratación, aprobación de las Bases, designación de los Comités Especiales, cancelación de los diferentes procesos de selección, ejecución de prestaciones adicionales o reducción de las mismas, suscripción de los Contratos, aprobar la ampliación contractual por adquisiciones y contrataciones complementarias, ampliación de plazo de los contratos que se deriven de los procesos de selección, prórrogas de los contratos y resolver contratos. b) Aprobar las Bases de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas, Adjudicaciones de Menor Cuantía, pudiendo cancelar procesos de selección referidos a Licitaciones Públicos, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. En el caso de las adjudicaciones de menor cuantía, el Director General de Electrifi cación Rural podrá delegar la función de aprobar las bases y los expedientes de contratación. c) Aprobar las liquidaciones de los contratos, así como la de los Proyectos ejecutados. d) Representar al Ministerio en procedimientos conciliatorios y/o arbitrales derivados de las controversias que surjan entre las partes desde la suscripción del contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, inefi cacia o invalidez. En este caso, y sólo para estos procedimientos, el Director General de Electrifi cación Rural podrá delegar su representación en otros funcionarios. Artículo 2°.- Disponer que el Director General de Electrifi cación Rural, en los aspectos de adquisiciones y contrataciones que ejecute la Dirección General de Electrifi cación Rural, bajo las normas y políticas de contrataciones del Banco Mundial, realice la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de adquisiciones y contrataciones, aprobando los expedientes de contratación y las bases de adquisición o contratación, designe comités de evaluación, cancele los diferentes procesos de selección, ejecute prestaciones adicionales o reduzca las mismas, suscriba los contratos, sus ampliaciones o prórrogas, apruebe la ampliación contractual por adquisiciones y contrataciones complementarias y resuelva los contratos que se deriven de estos procesos de selección o contratación. Artículo 3°.- Déjense sin efecto las delegaciones efectuadas y todas las medidas administrativas que se opongan en lo dispuesto en la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 147409-1 JUSTICIA Designan Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0529-2007-JUS Lima, 28 de diciembre de 2007 VISTO, la carta de renuncia de fecha 27 de diciembre de 2007, presentada por la Dra. ANA MARIA VILLACAMPA FLORES, Secretaria General del Ministerio de Justicia CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 353-2006- JUS, se designó a la señora abogada ANA MARIA VILLACAMPA FLORES como Secretaria General del Ministerio de Justicia; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confi anza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;