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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361670 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan período de vacatio legis del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 286-2007-CE–PJ Lima, 18 de diciembre del 2007VISTO: El Ofi cio N° 013-2007-CCYR-ROFOCMA-PJ, cursado por la Comisión de Coordinación y Revisión del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; CONSIDERANDO:Primero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 098-2007-CE-PJ, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de mayo del año en curso, se dispuso la conformación de la Comisión de Coordinación y Revisión del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y asimismo mediante Resolución Administrativa N° 228-2007-CE-PJ, publicada también en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de setiembre del año en curso, se dispuso la prórroga del período de vacatio legis hasta el 31 de los corrientes; Segundo: Que, la citada Comisión de Coordinación y Revisión solicita a este Órgano de Gobierno se prorrogue la vacatio legis del mencionado reglamento hasta la promulgación de la Ley aprobada por el Congreso de la República que determina la participación de la sociedad en el Órgano de Control de la Magistratura; Tercero: Que, en tal sentido, el marco de labores que viene efectuando la Comisión de Coordinación y Revisión del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, amerita se agoten las consultas y coordinaciones necesarias en aras de coadyuvar en el análisis jurídico así como en la consecución de consensos para su modifi cación o perfeccionamiento; por lo que siendo así, a efectos que tales defi niciones puedan plantearse en un tiempo prudencial acorde con la complejidad del tema, es conveniente prorrogar el período de vacatio legis actualmente vigente, así como disponer las medidas pertinentes para que las actividades de control y fi scalización que la ciudadanía reclama al interior de este Poder del Estado, se puedan seguir ejecutando con normalidad, mientras se lleva a cabo el actual proceso de perfeccionamiento de la normatividad administrativa en materia de control; tanto más, si como es de conocimiento público, y no obstante la expectativa e interés creados en la colectividad nacional, el Proyecto de Ley N° 1078-2006/CR, que precisa las funciones, prohibiciones, incompatibilidades y responsabilidades de los Representantes de la Sociedad en el Órgano de Control del Poder Judicial se encuentra aún pendiente de pronunciamiento defi nitivo por el Pleno del Congreso de la República; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto discordante del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, por mayoría; RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar el período de vacatio legis del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 191-2006-CE-PJ, hasta el 15 de abril del año 2008. Artículo Segundo.- Precisar que en tanto dure el período de vacatio legis del citado Reglamento, y las prórrogas a que haya lugar, mantendrá su vigencia el anterior Reglamento de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 263-SE-TP-CME-PJ del 16 de julio de 1996 y su modifi catoria que sancionó la Resolución Administrativa N° 799-CME-PJ, del 26 de noviembre de 1998. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOEl voto del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, es como sigue: VOTO SINGULAR DEL SEÑOR CONSEJERO DOCTOR LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ En uso de la prerrogativa que me brinda el artículo 97° numeral 2 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dejo constancia de mi voto singular, contrario al de la mayoría de mis colegas, quienes han decidido diferir por cuarta vez y hasta el 15 de abril del 2008 la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa Nº 191-2006-CE-PJ de fecha 27 de diciembre del 2006 expedida por este Colegiado, en razón a las consideraciones que expongo: PRIMERO:ANEXO B PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : EMAPISCO S.A. COD SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANSF. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 MES 03 PROYECTO DE OPTIMIZACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE EMAPISCO S.A.INDIRECTA 18,000.00 54,000.00 18,000.00 90,000.00 PROYECTO DE RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL DISTRITO DE SAN ANDRÉS-PISCOINDIRECTA 12,000.00 48,000.00 60,000.00 TOTAL 30,000.00 102,000.00 18,000.00 150,000.00 147140-2