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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361667 Artículo Octavo.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 208-2007-MTC/12 del 18 de octubre del 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 139528-1 VIVIENDA Prorrogan vigencia del Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el PNUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2007-VIVIENDA Lima, 28 de diciembre de 2007 VISTOS:El Informe Nº 076-2007-VIVIENDA-VMVU/PIMBP-svc- bbs del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, y el Informe Nº 454-2007/VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; CONSIDERANDO:Que, con fecha 2 de octubre de 2007, se suscribió el Convenio de Cooperación entre Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - VIVIENDA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD, con el objeto de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia técnica y profesional para la programación y ejecución de los proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo”, que conduzcan a la mejora del entorno urbano y rural de las poblaciones de bajos recursos; Que, de acuerdo al numeral 8.1 de la Cláusula Octava del mencionado Convenio, la entrada en vigencia del Convenio será a partir de la suscripción del mismo y concluirá el 31 de diciembre de 2007, pudiendo ser prorrogado a solicitud de VIVIENDA y de la correspondiente aceptación del PNUD; Que, según el informe de Vistos, el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, manifi esta que a la fecha se viene ejecutando el Convenio PNUD, que a la fecha se encuentra en etapa de Convocatoria para los procesos de Licitación Pública de las obras, bajo la modalidad de concurso oferta, y en otros casos, de suma alzada; por lo que a fi n de optimizar la gestión económica, administrativa y técnica de los proyectos que se vienen ejecutando en el marco del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, como son los Proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo”, resulta necesario dar continuidad a los procesos de selección de los mencionados proyectos; Que, asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según consta en el informe de Vistos, estando a lo señalado por el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, considera procedente la suscripción de la Adenda Nº 1 al Convenio de Cooperación con PNUD; Que, estando a lo indicado, es pertinente prorrogar la vigencia del referido Convenio hasta diciembre de 2008 a fi n que el PNUD, continúe realizando los procesos de selección necesarios y la ejecución de los proyectos específi cos a que se refi ere el primer considerando, con Recursos Ordinarios asignados en el Presupuesto del Año 2007 y los previstos para el Año 2008; prórroga que es acorde y coherente con las políticas de Estado orientadas a encargar a organismos internacionales, las licitaciones del Estado con la fi nalidad de dotar de transparencia a estos procesos;Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos; dichas modalidades deben contar, previamente con un Informe de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y benefi cios de su concertación, así como la disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento, y aprobarse por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; dicho procedimiento se empleará también para el caso de Adendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente; es preciso indicar que esta disposición rige a partir del día siguiente de la publicación de la misma; De conformidad con las Leyes Nºs. 27792 y 29142, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Prórroga de la Vigencia del Convenio de Cooperación entre VIVIENDA y PNUD Aprobar la prórroga del plazo de vigencia del Convenio de Cooperación celebrado entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, hasta el 31 de diciembre del año 2008, autorizando al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento la suscripción de la Adenda correspondiente. Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE JAVIER CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 147410-13 Aprueban transferencias financieras a favor de EMAPICA S.A. y EMAPISCO S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 737-2007-VIVIENDA Lima, 27 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año fi scal 2007, dispone que para los casos de ejecución de proyectos a