Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2007 (29/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

361666

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2007

Productivo "Construyendo Peru", y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el inciso d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 329-2007-TR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, a fin que en el Convenio Nº 21-0002-RS01 se consigne como nombre del Organismo Ejecutor a la "Parroquia MORDAZA MORDAZA ­ Vicariato Apostolico Puerto Maldonado" en lugar de "Arzobispado de MORDAZA de Dios". Articulo 2°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el tramite de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 147436-1

SYSTEMS S.R.L. la autorizacion de funcionamiento para operar como Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, el indicado error radica en que la resolucion contempla las habilitaciones incrementadas pero no indica las habilitaciones que mantiene el TMA, siendo ello consecuencia de que en el Informe Nº 07292007-MTC/12.04-IPM no se preciso en forma MORDAZA las habilitaciones materia de autorizacion; Que, corresponde dictar de oficio el acto administrativo correspondiente que deje sin efecto la Resolucion Directoral Nº 208-2007-MTC/12 y otorgue a la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L. la autorizacion de funcionamiento solicitada con las habilitaciones aprobadas; Que, el articulo 9° literal h) de la Ley de Aeronautica Civil, Ley No. 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar las autorizaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Mantenimiento, entre otras, mediante Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil, Ley No. 27261, su Reglamento, aprobado mediante D.S. No. 050-2001-MTC y la RAP 145; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L., por un plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 206-2003-MTC/12, para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico, con las siguientes habilitaciones: - Avionica - Instrumentos : Limitada : Limitada

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Avionics Systems S.R.L. para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 229-2007-MTC/12 MORDAZA, 26 de noviembre del 2007 Visto, el documento de registro P/D 051145 del 19 de junio del 2007 presentado por la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L., MORDAZA con el documento de registro P/D. 083084 del 21.09.2007, mediante el cual solicito la Autorizacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional; CONSIDERANDO: Que, el pedido de la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L. fue materia de analisis y estudio, asi como de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuada por las dependencias competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; concluyendose que el peticionario cumple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), en su Parte 145, relacionadas al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, como consecuencia de la mencionada evaluacion se emitio la Resolucion Directoral Nº 2082007-MTC/12 del 18 de octubre del 2007, autorizando a la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L. para el funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronautico, al haber obtenido las opiniones favorables de las areas competentes mediante el Informe Nº 0729-2007-MTC/12.04-IPM y el Memorando Nº 9872007-MTC/12, lo que acredita el cumplimiento de lo requisitos legales para su obtencion bajo la parte 145 de las RAP; Que, mediante el memorando Nº 5286-2007-MTC/12.04 la Direccion de Seguridad Aeronautica comunico que se ha detectado un error material en la Resolucion Directoral Nº 208-2007-MTC/12 que otorgo a la empresa AVIONICS

Articulo Segundo.- Las habilitaciones a las que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, deberan ser descritas en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional numero: TMA-025, y estaran limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion" que forman parte del mismo. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L. debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Aeronautica Civil. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Aeronautica Civil efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la AVIONICS SYSTEMS S.R.L. a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L. mantendra en su servicio, personal aeronautico, en la cantidad necesaria establecida en la certificacion; asi como contara con el entrenamiento, calificacion, certificacion y licencias requeridos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- La presente autorizacion sera revocada o suspendida de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por Ley No. 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico y Manual de Procedimientos de Inspeccion. Articulo Setimo.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa AVIONICS SYSTEMS S.R.L. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.