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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361669 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 738-2007-VIVIENDA Lima, 27 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año fi scal 2007, dispone que para los casos de ejecución de proyectos a través de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto para cuyo efecto deberá suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecución de proyectos por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias fi nancieras que se realicen en el marco del citado literal g) del artículo 5º, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley Nº 28927, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión y saneamiento se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 021-2007- VIVIENDA estableció que en el marco de los Programas de Financiamiento Sectorial y del Programa “Agua Para Todos”, las Entidades Prestadoras de Servicio de Saneamiento, previamente a la suscripción del Convenio Específi co de Transferencia Financiera deberán cumplir con comunicar formalmente a la SUNASS, el inicio del trámite para la elaboración del Plan Maestro Optimizado; Que, con fecha 3 de septiembre del presente año se suscribió el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento con la fi nalidad de brindar asistencia técnica en la elaboración de Planes Maestros Optimizados - PMO, de aquellas Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, que no cuenten con PMO; Que, mediante Informe Nº 067-2007-VIVIENDA/ VMCS-DNS-P, la Dirección Nacional de Saneamiento ha informado respecto al estado situacional de los proyectos descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y asimismo, ha emitido opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera a realizarse a favor de EMAPISCO S.A., para el desarrollo de los estudios a nivel de perfi l, por una suma de hasta por S/. 150 000.00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007, Ley Nº 28979 y Ley Nº 29035, y la Directiva para la Ejecución Presupuestaria y anexos por nivel de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2007-EF/76.01; Con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el visto de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 150 000.00 (Ciento cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor de EMAPISCO S.A. ,para los estudios a nivel de perfi l de los proyectos descritos en el Anexo A, quedando prohibido que EMAPISCO S.A. efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2°.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2007 de la Unidad Ejecutora Nº 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia a Instituciones Privadas y Públicas en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º .- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos sólo se efectivizarán luego de que EMAPISCO S.A., presente a la Dirección Nacional de Saneamiento, el contrato de ejecución de estudios a nivel de perfi l de los proyectos; y de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y demás pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que le sean aplicables. El cronograma de desembolsos contenidos en el Anexo B podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la elaboración de los estudios a nivel de perfi l de los proyectos. El cronograma actualizado (o modifi cado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora de los proyectos y de la Dirección Nacional de Saneamiento. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el convenio específi co para el fi nanciamiento de la elaboración de los estudios a nivel de perfi l a suscribirse con EMAPISCO S.A. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los estudios contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : EMAPISCO S.A. COD SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2007 S/.TRANSF. FINANC. HASTA POR S/. PROYECTO DE OPTIMIZACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE EMAPISCO S.A.INDIRECTA 90,000.00 90,000.00 PROYECTO DE RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL DISTRITO DE SAN ANDRÉS-PISCOINDIRECTA 60,000.00 60,000.00 TOTAL 150,000.00 150,000.00