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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de enero de 2007 337023 Habiendo sido encargadas temporalmente las funciones de la O fi cina de Administración al Sr. Erick Saldaña Solari, Jefe de la O fi cina de Planeamiento de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, es necesario proceder con la designación de un nuevo funcionario que asuma el referido cargo como titular del mismo; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, el Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, y Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 034-P/CNJ-CONAJU-2003; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la encargatura de la O fi cina de Administración al Sr. Erick Saldaña Solari, Jefe de la O fi cina de Planeamiento de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha a la señora BETTY FIESTAS SALAZAR como Jefe de la Ofi cina de Administración de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página Web de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría Técnica transcriba copia de la presente a todas las unidades orgánicas de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, e inscriba dicha nominación en el libro de registro correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUDITH PUENTE DE LA MATA Presidenta 12982-1 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Aprueban trámite anticipado e inscriben el “Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos S.A.” y prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 150-2006-EF/94.11 Lima, 21 de diciembre de 2006VISTOS:El expediente Nº 2006023626, así como el Memorándum N° 3812-2006-EF/94.45 del 21 de diciembre de 2006; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, en losfi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por un patrimonio fi deicometido; Que, mediante junta general de accionistas de Supermercados Peruanos S.A. del 25 de julio y 26 de octubre de 2006, se aprobó llevar a cabo un proceso de titulización a través de un programa de emisión, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional. Asimismo, se acordó delegar en el directorio de la sociedad las facultades que resulten necesarias para determinar, los términos, características y condiciones del programa de emisión, así como de las emisiones que se efectúen en virtud de éste; Que, mediante sesión de directorio de fecha 27 de julio de 2006, se aprobaron los términos, características y condiciones del programa antes referido; asimismo, se delegaron en los señores Norberto Rossi y José Antonio Rosas Dulanto facultades su fi cientes para que actuando en forma conjunta, determinen los términos y condiciones las emisiones a ser efectuadas en el marco del programa; Que, Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A. y Supermercados Peruanos S.A., suscribieron el denominado “Contrato Marco de Fideicomiso de Titulización y Contrato Marco de Emisión de Bonos de Titulización” por medio del cual Supermercados Peruanos S.A., se obligó a transferir en dominio fi duciario los fl ujos futuros que se identi fi can en dichos documentos, a favor de Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A., con el objeto de incorporarlos al patrimonio fi deicometido denominado “Patrimonio en Fideicomiso – Decreto Supremo 093- 2002-EF, Título XI, Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos”, que respaldaría los valores mobiliarios a ser emitidos; asimismo, en dicho documento se establecieron los términos y condiciones del “Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos S.A.”; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 308 y 309 de la Ley de Mercado de Valores el denominado “Contrato Marco de Fideicomiso de Titulización y Contrato Marco de Emisión de Bonos de Titulización” fue elevado a escritura pública el 16 de noviembre de 2006 ante el Notario Público de Lima doctor Eduardo Laos de Lama, se encuentra inscrito en el asiento D00017 de la partida electrónica N° 11135305 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima y Callao; Que, Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la aprobación del trámite anticipado, la inscripción del programa de bonos de titulización denominado “Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional y el registro del prospecto marco respectivo, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la inscripción de los bonos de titulización correspondientes a la emisión denominada “Primera Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos S.A.”, que serán emitidos mediante oferta pública con respaldo del “Patrimonio en Fideicomiso – Decreto Supremo 093- 2002-EF, Título XI, Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos”, y el registro del prospecto complementario correspondiente; Que, Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley de Mercado de Valores y el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y en lo que corresponde, con lo establecido en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numerales 2 y 3, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobación de trámites anticipados así como la inscripción de valores mobiliarios y/o registro de prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley de Mercado de Valores y por los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, que faculta al Gerente General para aprobar trámites anticipados y autorizar la inscripción de programas de emisión de valores respaldados en fi deicomisos de titulización; así