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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de enero de 2007 337024 como para autorizar la inscripción de los valores emitidos en virtud a tales programas; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa de bonos de titulización denominado “Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos S.A.” hasta por un monto total en circulación de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, y disponer el registro del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Inscribir los bonos correspondientes a la emisión denominada “Primera Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Supermercados Peruanos S.A.”, hasta por un monto máximo de emisión de S/. 70 000 000,00 (setenta millones y 00/100 Nuevos Soles), y disponer el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Los valores a los que se re fi ere el artículo 2º serán emitidos y colocados por oferta pública, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en denominado “Contrato Marco de Fideicomiso de Titulización y Contrato Marco de Emisión de Bonos de Titulización”, con sujeción a lo dispuesto en la normativa vigente y en la presente resolución. Artículo 4º.- La oferta pública de los bonos a los que se re fi eren los artículos precedentes deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. La colocación de los bonos deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se re fi ere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y en lo que corresponda, con la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 5º.- La aprobación, inscripción y registro a que se re fi eren los artículos 1º y 2º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 6°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a Supermercados Peruanos S.A., en su calidad de fi deicomitente; a Internacional de Títulos Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; al Banco Internacional del Perú S.A.A, en su calidad de entidad estructuradora; a Centura Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de entidad colocadora; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR LOZÁN LUYO Gerente General 9819-1ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Amplían plazo establecido en el Procedimiento para la Fijación y/o Revisión de Tarifas Tope de OSIPTEL, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 00001-2004-CD-GPR/RT RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 139-2006-PD/OSIPTEL Lima, 29 de diciembre de 2006 EXPEDIENTE : N° 00001-2004-CD-GPR/RT MATERIA : Revisión de Tarifas Tope por Alquiler de Circuitos de Larga Distancia Nacional / Ampliación de Plazo ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A. VISTO: El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, para que se disponga la ampliación del plazo establecido en el numeral 7 del Artículo 6º del Procedimiento para la Fijación o Revisión de Tarifas Tope de OSIPTEL, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente N° 00001-2004-CD-GPR/RT; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de Consejo Directivo N° 127- 2003-CD/OSIPTEL, publicado el 25 de diciembre de 2003, se estableció el Procedimiento para la Fijación y/o Revisión de Tarifas Tope (en adelante “Procedimiento”), en cuyo Artículo 6° se detallan las etapas y plazos a que se sujeta el procedimiento de o fi cio que inicie OSIPTEL; Que de conformidad con el Procedimiento, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 102-2004-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de diciembre de 2004, OSIPTEL inició el procedimiento de o fi cio para la revisión de tarifas tope por el alquiler de circuitos de larga distancia nacional; Que mediante Resolución de Consejo Directivo N° 043-2006-CD/OSIPTEL, publicado el 8 de julio de 2006, se dispuso: (i) la publicación del Proyecto de Resolución mediante la cual se establecerán las tarifas tope por alquiler de circuitos de larga distancia nacional, conjuntamente con su Exposición de Motivos; (ii) otorgar un plazo de cuarenta (40) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del proyecto normativo; y (iii) convocar a Audiencia Pública para el día 15 de setiembre de 2006; Que mediante Resolución de Presidencia Nº 100- 2006-PD/OSIPTEL del 17 de agosto de 2006, se amplió en treinta (30) días calendario, el plazo para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del Proyecto de Resolución que establece las Tarifas Tope por Alquiler de Circuitos de Larga Distancia Nacional, provisto por Telefónica del Perú S.A.A., cuya publicación fue dispuesta mediante Resolución de Consejo Directivo N° 043-2006-CD/OSIPTEL; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 053-2006-CD/OSIPTEL, publicada el 7 de setiembre de 2006, se modi fi có la fecha programada para la Audiencia Pública dispuesta por la Resolución de Consejo Directivo N° 043-2006-CD/OSIPTEL, convocándola para el día 29 de setiembre de 2006; Que mediante Resolución de Presidencia Nº 129- 2006-PD/OSIPTEL se amplió el plazo establecido en el numeral 7 del Artículo 6º del Procedimiento para la