Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2007 (07/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de enero de 2007

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Fijan montos por emision mecanizada y distribucion asi como fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 001-2007/MDB-CDB Brena, 4 de enero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BRENA VISTO: El informe N° 01-2007-SGAT-GAR/MDB, de fecha 3 de Enero del 2007, de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria dependiente de la Gerencia de Administracion Recursos y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194° y 195º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y son competentes para administrar sus bienes y rentas, crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; Que, conforme a la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF senala que las Municipalidades que brinden a sus vecinos, el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pagos correspondientes, asi como su distribucion a domicilio tanto del Impuesto Predial como el de los Arbitrios Municipales; quedan facultadas a cobrar por derecho de servicios no mas del 0.4 % de la UIT vigente al 1 de Enero de cada ejercicio fiscal: Que, el Art. 14º literal a) del D. L. Nº 776, dispone que la actualizacion de valores de predios, sustituye la obligacion formal de presentar declaracion jurada, anualmente, dentro de los plazos establecidos; Que, el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF senala que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, Que, mediante Ordenanza Nº 221-MDB del 27.11.2006 se establece el importe de los Arbitrios Municipales del Ano 2007, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 445 de fecha 22.12.2006 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, conforme con lo expuesto resulta necesario establecer los montos que deberan de abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada, establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2007, Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE FIJAN MONTOS POR EMISION MECANIZADA Y DISTRIBUCION, ASI MISMO FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Articulo Primero.- Fijese en S/. 6.50 (Seis y 50/100 Nuevos soles) que equivale al 0.2% de la UIT el importe anual que deberan de abonar los contribuyentes o responsables, por concepto emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion, difusion y distribucion del Impuesto Predial 2007; el monto senalado sera cancelado con la primera cuota del Impuesto Predial. Por cada emision adicional de Predio MORDAZA (PU) se abonara S/. 1.00 (Un MORDAZA Sol) .

Tratandose de los Arbitrios Municipales, el contribuyente o responsable debera abonar S/. 6.00 (Seis Nuevos Soles) anuales por cada anexo, que seran incluidos en los recibos de pago. Articulo Segundo.- De conformidad con el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 1562004-EF, la obligacion para el pago del Impuesto Predial vence: 1.- Pago Anual al Contado 2.- Pago Fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : : 28 de Febrero 28 de Febrero 31 de MORDAZA 31 de Agosto 30 de Noviembre

Estas cuotas seran reajustadas con la variacion acumulada de acuerdo al Indice de Precios al Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Articulo Tercero.- La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2007 vence: Enero Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre : : : : : : : : : : : : 31 de Enero 28 de Febrero 30 de Marzo 30 de MORDAZA 31 de MORDAZA 29 de Junio 31 de MORDAZA 31 de Agosto 28 de Setiembre 31 de Octubre 30 de Noviembre 31 de Diciembre

Articulo Cuarto.- Para el Ano 2007 se considerara un incentivo por el pago adelantado de los Arbitrios, el cual sera de 20% y 10 %. Segun los supuestos se pasa a detallar: a) Si cancela los 12 (Doce) meses del ano 2007, hasta el 31 de enero, obtendra un descuento del 20 % del monto insoluto. b) Si cancela los 12 (Doce) meses del ano 2007, hasta el 28 de Febrero, obtendra un descuento del 10% del monto insoluto. Articulo Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Informatica establecer los mecanismos mas adecuados para la correcta aplicacion de la presente ordenanza y a la Oficina de Imagen Institucional su difusion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al MORDAZA para mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, Comuniquese, Publiquese y Cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12722-1

Aprueban Beneficio Administrativo en el distrito
ORDENANZA Nº 002-2007/MDB-CDB Brena, 4 de enero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BRENA

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