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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de enero de 2007 338013 Recreación Pública con un área de 2,829.31con un dé fi cit de 431.69 m², constituido como Parque Nº 1, como aporte del Ministerio de Educación un área de 653.02 m², ubicado en el Lote 1 de la Manzana F, el aporte de SERPAR con un área total de 652.41 m² constituido por el Lote 2 de la Manzana F; Que, los recurrentes presentan el Plano de Lotización, al cual se le asigna el Nº 006-2006-DHU/GDU/MDSMP, el mismo que ha sido visado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la División de Habilitaciones Urbanas; Que, la empresa recurrente acredita haber cumplido con el pago por gastos administrativos, mediante Recibos de Pago Nº 050237789-1023120501 por derecho de trámite, Nº 050218933-0913090501 por Inspección Ocular, Nº 050237791-1023120501 por Revisión de Proyecto, y Nº 050237794-1023120501 por Emisión de Resolución; y el pago del dé fi cit por aportes a Recreación Pública por la suma de S/. 9,928.87 (Nueve mil novecientos veintiocho con 87/100 Nuevos Soles), con el Recibo Nº 060199212-1023030601; Que, las especi fi caciones técnicas de conformidad con la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP se encuentran contenidas en el Informe Técnico Nº 024-2006-DHU Y C -GDU/MDSMP de fecha 11 de octubre de 2006, de la División de Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se otorga la procedencia administrativa del presente trámite de habilitación urbana ejecutada de tipo progresivo, por haber cumplido con los requisitos y pagos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Estando al Informe Nº 1400-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Habilitaciones Urbanas, la Ordenanza Nº 292-MML y por el Reglamento Nacional de Construcciones, con el visto bueno de la Gerencias de Desarrollo Urbano y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Ejecutada de tipo progresivo, para uso Residencial de Densidad Media R4 y Comercio Vecinal C2 denominada PROGRAMA DE VIVIENDA URBANIZACIÓN VISTA HERMOSA en el terreno de 32,610.00 m², ubicado en el Lote 8, que formó parte del Lote A del ex Fundo Chuquitanta, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Nº 006-2006-DHU/GDU/MDSMP. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a REPRESEN- TACIONES ROVEALX S.R.Ltda, para ejecutar en un plazo de dos años computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución las obras faltantes de habilitación como son las obras de agua potable, alcantarillado, pistas y veredas del predio 32,610.00 m², debiendo sujetarse a las siguientes características y especi fi caciones técnicas: Diseño: Se hará según el siguiente Cuadro de Áreas: CUADRO DE ÁREAS Área Bruta C2 2,389.00 m²Área Bruta R4 30,221.00 m²Área Bruta Total 32,610.00 m² ÁREA ÚTIL Vivienda 20,446.62 m² Educación 653.02 m²Serpar 652.41 m²Total 21,752.05 m² ÁREA LIBRE Parques 2,829.31 m² Vías 8,028.64 m²Total 10,857.95 m²CUADRO DE APORTES APORTES REGLAMENTO % PROYECTO DÉFICIT * EDUCACIÓN 652.20 m² 2% 653.02 m² SERPAR 652.20 m² 2% 652.41 m² RECREACIÓN 3,261.10 m² 10% 2,829.31 m² 431.69 m² * El dé fi cit de aportes para Recreación Pública de 431.69 m² se redime en dinero. Calzadas: Podrán ser del Tipo Rígido o del Tipo Flexible. La cali fi cación del Tipo de Habilitación es “B”, las dimensiones y características de los componentes de las calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la División de Obras Públicas de esta Municipalidad, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. Aceras: Serán de concreto de calidad f’c = 140 Kg. / cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento-arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de ¾ “ cada 5ml. Sardineles: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. Ancho x 0.30 m altura, de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Rampas en bermas para personas con discapacidad: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 069-2001- MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Construcciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. Obras sanitarias: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. Instalaciones telefónicas: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica. Artículo Tercero.- DECLARAR cancelado el dé fi cit de aporte para Recreación Pública, mediante el Recibo Nº 060199212-1023030601, por la suma de S/. 9,928.87 (Nueve mil novecientos veintiocho con 87/100 Nuevos Soles); Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción individualizada en los Registros Públicos de los Lotes, según el Plano Nº 006-2006-DHU/GDU/MDSMP. Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente Resolución al Ministerio de Educación y a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- REMITIR copia certi fi cada del Expediente Técnico aprobado a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su rati fi cación. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano incorporar la presente Habilitación Urbana al Plano Urbano del distrito, y transcribir la presente resolución a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas para el registro de predios resultantes.